SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0772/2022-S3
Fecha: 04-Jul-2022
II. CONCLUSIONES
De la revisión de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Mediante Resolución de aprehensión 006/2021 de 22 de marzo, emitida por Edgar Luis Rojas Laura, Fiscal de Materia -ahora accionado-, se dispuso la aprehensión de Luis Fernando Torrelio Rodríguez -hoy accionante-, en aplicación a lo dispuesto por el art. 224 del CPP, debiendo expedirse al efecto el correspondiente mandamiento de aprehensión, a ser ejecutado por el investigador asignado al caso o por cualquier funcionario policial u otra no impedida por ley, para ser puesto en conocimiento del Ministerio Público, con las formalidades de ley (fs. 34 a 36).
II.2. Cursa Orden de Aprehensión de 22 de marzo de 2021, emitida por el Fiscal de Materia hoy accionado, para la aprehensión y conducción del accionante al Ministerio Público (fs. 33).
II.3. Mediante memorial presentado el 29 de marzo de 2021, ante el Juez de Instrucción Penal Noveno de la Capital del departamento de La Paz, el Fiscal de Materia ahora accionado, informó que en ningun momento se vulneró derechos y garantías constitucionales del accionante, puesto que, el nombrado estaría obstaculizando el normal desarrollo de la investigación al tratar de sorprender al Ministerio Público alegando que se atenta contra su libertad (fs. 38 a 39).