SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0844/2022-S3
Fecha: 18-Jul-2022
II. CONCLUSIONES
De la revisión de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Cursa Título 25869 emitido por la Entidad Financiera de Vivienda “La Primera” por la cual se certifica que Ingrid Mérida Montenegro -ahora accionante- es propietaria de ochenta y cuatro certificados de capital con determinado valor nominal (fs. 2).
II.2. Consta Convocatoria de marzo de 2020, mediante la cual la Entidad Financiera de Vivienda “La Primera” convocó a la Asamblea General Ordinaria de Socios a celebrarse el 16 de ese mes y año, estableciendo en el orden del día en su punto 6: “Elección de cuatro directores titulares y Fiscalizador Interno” (sic [fs. 6]).
II.3. Mediante Comunicado de marzo de 2020, el Directorio y el Comité Electoral de la Entidad Financiera de Vivienda “La Primera” comunicó que en cumplimiento a las medidas asumidas por el Gobierno Nacional respecto a la prevención de contagio y propagación del virus COVID-19, la Asamblea General Ordinaria de Socios convocada para el 16 de ese mes y año quedaba suspendida y que el señalamiento de nuevo día y hora de realización de la referida Asamblea sería debidamente comunicada. Asimismo, añadió que: “Los actos fijados en el calendario electoral establecido por el Comité Electoral se mantienen y serán realizados sin suspensión alguna de la Asamblea” (sic [fs. 10]).
II.4. Cursa Resolución 03/2020 de 20 de marzo, suscrita por Verónica Juana Mendoza Huanca, Brenda Antonia Andia Durán, Estela María Cabezas Álvarez, Juan Manuel Miranda Marín y Henry Luis Loayza Paravicini miembros del Comité Electoral de la Entidad Financiera de Vivienda “La Primera” -hoy coaccionados-, por la cual en vista y consideración del comunicado emitido el 13 de marzo de 2020, que dio a conocer la suspensión de la Asamblea General Ordinaria de Socios a causa del brote de COVID-19, y las Resoluciones 01/2020 y 02/2020 emitidas por el señalado Comité que habilitaron a los socios que cumplían con los requisitos establecidos por la normativa correspondiente, entre otros aspectos resolvió: “…RATIFICAR los actos realizados hasta la fecha, por el Comité Electoral, teniendo plena vigencia, hasta el momento en que se lleve a cabo la Asamblea General Ordinaria correspondiente a la gestión 2019 y concluya el proceso de elección de Directorio y Fiscalizador Interno” (sic [fs. 153]).