SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0873/2022-S4
Fecha: 22-Jul-2022
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Mediante nota de 14 de abril de 2021, la Jueza de instrucción Penal Cuarta del departamento de Cochabamba, remitió el cuadernillo de apelación a la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia, correspondiente al trámite penal seguido por el Ministerio Público a instancia de Boris Gualberto Sandy Delgadillo contra Susana Juana Ticona Laura –ahora impetrante de tutela–, por la presunta comisión del delito de estafa, con la agravación de víctimas múltiples; asimismo, hizo conocer que la hoy solicitante de tutela, se encuentra con detención preventiva en el Centro Penitenciario de San Sebastián Mujeres de Cochabamba (fs. 16).
II.2. Cursa Acta de Audiencia de Apelación de 26 de abril de 2021, llevada a cabo por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba; en la que, el abogado de las víctimas de la comisión del delito, contestando a la apelación de la imputada –hoy accionante–, solicitaron que sea ratificada la fianza; y, respecto a su apelación interpuesta, desistieron a la misma “…considerando que no existen agravios mayores” (sic) (fs. 22 y vta.).
II.3. Consta Auto de Vista 211/2021 de 26 de abril de 2021, dictado por Jesús Víctor Gonzáles Milán Vocal de la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba –ahora demandado–; por el cual, resolvió declarar improcedente el recurso de apelación incidental interpuesto por la hoy impetrante de tutela; por consiguiente, aprueba el Auto Interlocutorio de 26 de marzo del mencionado año (dictado por la Jueza de Instrucción Penal Sexta del departamento de Cochabamba)(fs. 25 a 26 vta.).