SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0903/2022-s3
Fecha: 21-Jul-2022
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y los arts. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional y 44.2 del Código Procesal Constitucional; en revisión, resuelve: REVOCAR en parte la Resolución 42/2020 de 16 de septiembre, cursante de fs. 13 a 15 vta., pronunciada por el Juez de Sentencia Penal Decimoquinto de la Capital del departamento de Santa Cruz; y, en consecuencia:
1º CONCEDER en parte la tutela impetrada, respecto a Vania Beatriz Romero Peña, Jueza Pública Mixta Civil y Comercial, de Familia y de Instrucción Penal Primera del Plan 3000 de la Capital del departamento de Santa Cruz, por infracción del debido proceso -en su elemento a la celeridad-, vinculado a la libertad del accionante, ordenando a la prenombrada autoridad, que en el plazo de setenta y dos horas, previa notificación a las partes, resuelva conforme corresponda en derecho, la solicitud de cesación de la detención preventiva del impetrante de tutela, acorde a los marcos procedimentales establecidos; siempre y cuando no lo hubiera hecho ya de forma previa a la emisión de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional o la situación jurídica del prenombrado hubiese cambiado o sido modificada en razón al carácter de las mismas;
2º DENEGAR la tutela solicitada respecto a Luis Alberto Hurtado Garamendy, Secretario, del Juzgado Público Mixto Civil y Comercial, de Familia y de Instrucción Penal Primero del Plan 3000 de la Capital del departamento de Santa Cruz, por las razones expuestas en este fallo constitucional; y,
3° Llamar la atención, a Carlos Alberto Moreira Rivero, Juez de Sentencia Penal Decimoquinto de la Capital del departamento de Santa Cruz, por el motivo expuesto en el Fundamento Jurídico III.3 del presente fallo constitucional.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas
MAGISTRADA
Fdo. Dr. Petronilo Flores Condori
MAGISTRADO