SENTENCIA
CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0699/2022-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0699/2022-S2

Fecha: 04-Jul-2022

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1. Dentro de la demanda de nulidad de contrato de préstamo de dinero por falta de objeto, causa y motivo ilícito, incoada por Rosa Estrada Ramírez y Enrique Mormero Romero -accionantes-, contra Luis Ibarra Ibarra, el Juez Público Civil y Comercial Décimo Primero de la Capital del departamento de Chuquisaca, dictó la Sentencia 49/2020 de 9 de septiembre, por la que declaró probada la citada demanda disponiendo la nulidad de la Escritura Pública 82/2018 de 21 de marzo, de préstamo de dinero, y la cancelación de inscripción ante DD.RR. de los gravámenes registrados de tres lotes de terreno (fs. 308 a 315).

II.2. Contra la Sentencia de primera instancia, el demandado Luis Ibarra Ibarra, planteó recurso de apelación el 28 de septiembre de 2020 (fs. 319 a 333 vta.); que mereció el Auto de Vista S.C.C.II 235/2020 de 3 de noviembre, que revocó la Sentencia apelada, declarando en el fondo improbada la demanda de nulidad de préstamo de dinero, manteniendo válida y subsistente la Escritura Pública 82/2018 (fs. 358 a 361 vta.).

II.3. El 18 de noviembre de 2020, los demandantes de tutela, interpusieron recurso de casación en el fondo contra el Auto de Vista S.C.C.II 235/2020 (fs. 374 a 382 vta.); instancia en la cual, la Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia pronunció el Auto Supremo   148/2021   de  1  de  marzo,   declarando  infundado  dicho  recurso (fs. 436 a 442), con el que fueron notificados el 12 de igual mes y año (fs. 407).