SENTENCIA
CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0711/2022-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0711/2022-S2

Fecha: 04-Jul-2022

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.    Por memorial presentado el 8 de marzo de 2021, Gisela Ivette Apaza Saavedra, Giovani Hernani Quinteros, Vladimir Américo Araoz Aranda y Juan Gonzalo Yanarico Mamani -hoy impetrantes de tutela-, denunciaron ante la Jefatura Departamental de Trabajo de La Paz, que fueron desvinculados ilegalmente de los cargos administrativos que ocupaban en COSSMIL, dependientes de la Gerencia de Salud de dicha entidad; requiriendo, por ende, emitir la respectiva conminatoria de reincorporación, considerando que se encontraban dentro de los alcances de la Ley General del Trabajo, estableciendo al respecto, el Informe DGAJ 0058/2020 de 15 de enero de dicha entidad, que los funcionarios civiles de esa Corporación no se encuentran dentro del ámbito del Estatuto del Funcionario Público, siendo evidente el desconocimiento del DS 521 de 26 de mayo de 2010, siendo que, de pretender cambiar el régimen laboral debía procederse al corte correspondiente informando aquello a los trabajadores para que ellos decidan en caso de retirarse, proceder al pago de todos sus derechos laborales (fs. 232 a 242 vta.).

II.2.    Mediante Conminatoria M.T.E.P.S./J.D.T.L.P./C.P.E.ART.48-49/D.S. 0495/JECM/066/2021 de 12 de mayo, de reincorporación laboral la Jefa Departamental de Trabajo de La Paz, ordenó a COSSMIL proceder a la reincorporación de los demandantes de tutela, a los mismos puestos que ocupaban al momento de su despido; así como el pago de los salarios devengados y demás derechos sociales (fs. 42 a 46 vta.).