SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0797/2022-S2
Fecha: 13-Jul-2022
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Cursa Contrato Administrativo de Personal Eventual SENASAG/DN-12/032/2020 de 3 de enero, suscrito entre Carlos Edson Peñaranda Bersatti, ex Director General Ejecutivo del SENASAG y Sarina Patricia Arze Calle -hoy accionante- para que esta última desempeñe las funciones de Técnico en Cotizaciones y Compras Menores de la Dirección Nacional de dicha entidad, con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2020 (fs. 4 a 12).
II.2. Por Contratos Administrativos de Personal Eventual SENASAG/DN-12/46/2021 de 4 de enero y SENASAG/DN-12/226/2021 de 1 de febrero, Plácido Condori Mamani, entonces Director General Ejecutivo a.i. del SENASAG, contrató los servicios de la solicitante de tutela para brindar los servicios de Técnico de Almacenes de la Dirección Nacional de esa institución, hasta el 31 de enero y 28 de febrero de 2021, respectivamente (fs. 17 a 33).
II.3. Se tiene Conminatoria de Reincorporación 03/2021 LCS-JDTEPS BENI de 11 de marzo, emitida por Liliana Cambara Sosa, Jefa Departamental de Trabajo Beni, intimando al prenombrado Director General Ejecutivo a.i. a la restitución de la peticionante de tutela “…al cargo que se requiera con la misma remuneración que venía percibiendo, más salario devengado que corresponda a la fecha de su Reincorporación” (sic [fs. 50 a 53 vta.]).
II.4. Mediante Contrato Administrativo de Personal Eventual SENASAG/DN-12/368/2021 de 19 de marzo, el aludido Director General Ejecutivo a.i., contrató los servicios de la peticionante de tutela para que cumpla labores de Técnico de Almacenes de dicha repartición gubernamental, hasta el 30 de abril de 2021 (fs. 34 a 41).
II.5. A través de las Cartas SPAC 001/2021 y 003/2021 presentadas el 12 de abril y 6 de mayo de 2021, respectivamente, la impetrante de tutela solicitó a Patrick Renán Nogales Mejía, Director General Ejecutivo del SENASAG -demandado-, el pago de su salario devengado, dispuesto en la supra citada Conminatoria (fs. 55 y 61).
II.6. Por Contrato Administrativo de Personal Eventual SENASAG/DN-12/388/2021 de 3 de mayo, el Director General demandado contrató a la peticionante de tutela para que ocupe el cargo de Técnico de Almacenes dentro de esa institución, hasta el 30 de junio de 2021 (fs. 42 a 49).
II.7. Mediante Comunicación Interna CI/SENASAG/UNAJ 154/2021 de 7 de junio, Nardy Jiménez Honor, Analista de Gestión Jurídica - SENASAG, solicitó a la accionante la presentación de historial médico otorgado por la Caja Petrolera de Salud (CPS) y certificado médico actualizado, a efectos de dar curso a la Conminatoria de Reincorporación 03/2021 LCS-JDTEPS BENI (fs. 77 a 78).
II.8. Se tiene certificado médico emitido el 16 de julio de 2021, Oscar Niño de Guzmán, Cirujano Oncólogo de Mama del Instituto Oncológico Nacional de la CPS, acreditó que: “…La señora Sarina Patricia Arze Calle de 42 años de edad fue valorad[a] [en] el servicio de mastología del instituto Oncológico de Cochabamba por referencia de regional CPS Trinidad con el diagnóstico Cáncer de mama izquierda derivado (…) Diagn[ó]stico actual: Cáncer de mama izquierda triple negativo con progresión local, a descartar progresión sistemática” (sic [fs. 91]).
II.9. Mediante Nota Cite-T.S.-/CPS/AZT/163/2021 de 22 de julio, Blanca Yasna Del Río Montero, Directora del Hospital Santísima Trinidad de la CPS, comunicó al Administrador Departamental de dicho ente “La paciente de referencia que mediante Informe Médico de la Dra. Rosario Ortiz Flores, Ginecóloga de la institución con diagnóstico de C[Á]NCER DE MAMA IZQUIERDA RECIDIVADO. Donde solicita de manera URGENTE valoración, conducta, realización de estudios por la especialidad de Oncología para…