SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0808/2022-S3
Fecha: 08-Jul-2022
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR en parte la Resolución 07 de 13 de abril de 2021, cursante de fs. 43 a 44 vta., pronunciada por el Tribunal de Sentencia Penal Décimo Primero de la Capital del departamento de Santa Cruz; y, en consecuencia:
1° CONCEDER en parte la tutela solicitada, ante la evidenciada vulneración del derecho al debido proceso vinculada con la libertad del accionante.
a) Dejar sin efecto el decreto de 19 de enero de 2021, disponiendo que la Jueza de Sentencia Penal Tercera de la Capital del departamento de Santa Cruz, emita uno nuevo, conforme a los fundamentos jurídicos del presente fallo constitucional, salvo que por el tiempo transcurrido, lo requerido ya hubiera sido atendido.
CORRESPONDE A LA SCP 0808/2022-S3 (viene de la pág. 11).
2° DENEGAR la tutela solicitada con relación a la vulneración del derecho a la defensa y “…a contar con un abogado de confianza o libre elección…” (sic).
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. Dr. Petronilo Flores Condori
MAGISTRADO
Fdo. MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas
MAGISTRADA