SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0830/2022-S2
Fecha: 13-Jul-2022
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Mediante memorial de 19 de abril de 2021, el impetrante de tutela interpone incidente de nulidad por falta de personería en la demandante y vicios procesales, solicitando el mandamiento de libertad inmediato (fs. 14 a 15 vta.).
II.2. Consta proveído de 19 de abril de 2021, a través del cual la autoridad judicial demandada dispone el traslado a las partes con el incidente de nulidad planteado (fs. 16).
II.3. Cursa memorial de 22 de abril de 2021; por el cual, la parte contraria responde al incidente de nulidad por falta de personería en la demandante y vicios procesales interpuesto por el accionante (fs. 18 a 21 vta.).
II.4. Por Auto Interlocutorio 443-B/2021 de 23 de abril, la autoridad judicial demandada anula todas las liquidaciones de asistencia familiar practicadas, más sus notificaciones debiéndose por Secretaría de Juzgado realizarse una nueva liquidación conforme a los datos del proceso y dispone se deje sin efecto la orden de apremio ordenada el 19 de marzo de 2021, debiendo emitirse el correspondiente mandamiento de libertad a favor del ahora accionante (fs. 23 a 25).