SENTENCIA
CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0867/2022-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0867/2022-S3

Fecha: 18-Jul-2022

II. CONCLUSIONES

De la revisión de los antecedentes que cursan el expediente, se establece lo siguiente:

II.1.  Por Resolución 223/2020 de 30 de septiembre, Erika Neptali Aranda Uzquiano, Jueza de Instrucción Penal Primera de la Zona Sur de la Capital del departamento de La Paz -hoy coaccionada- declaró infundada e improbada la excepción de falta de acción planteada por René Vitaliano Aruquipa Ramos -ahora impetrante de tutela-, motivando al prenombrado interponer recurso de apelación incidental mediante memorial de 5 de octubre de 2020 (fs 15 a 23 vta.).       

II.2.  Los Vocales de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz -hoy accionados- pronunciándose sobre el precitado recurso, emitieron el Auto de Vista 163/2020 de 29 de octubre declarando su inadmisibilidad por no haberse interpuesto la impugnación oralmente, y, en consecuencia confirmaron el fallo apelado (fs. 25 y vta.).