SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0882/2022-S2
Fecha: 28-Jul-2022
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establecen lo siguiente:
II.1. Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Teodoro Aruquipa Miranda -accionante-, por la presunta comisión del delito de tráfico de sustancias controladas, el Vocal de la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de la Paz, a través de decreto de 10 de mayo de 2021, fijó audiencia para el 12 de mayo de 2021, a objeto de consideración y resolución de la apelación incidental planteada por el impetrante de tutela contra el Auto Interlocutorio 115/2021 de 6 de mayo (fs. 2).
II.2. El referido señalamiento de audiencia fue puesto en conocimiento del Director del Centro Penitenciario San Pedro de La Paz, mediante oficio CITE: OF. 774/2021 de 10 de mayo (fs. 11 a 12).
II.3. Instalada la audiencia de apelación de 12 de mayo de 2021, el Vocal de la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emitió el Auto de Vista 342/2021 de misma data, por el que confirmó el Auto Interlocutorio 115/2021, que rechazó la cesación de la detención preventiva solicitada por el peticionante de tutela; decisión que el Tribunal de alzada argumentó señalando la falta de fundamentación de agravios en la audiencia, ante la ausencia del imputado y su abogado (fs. 25 a 26 vta.).