SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0783/2022-S1
Fecha: 12-Ago-2022
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se evidencia lo siguiente:
II.1. Cursa requerimiento fiscal de inicio de investigación, aplicación de procedimiento inmediato para delitos flagrantes e imputación formal contra Raúl Poma Quispe, por la supuesta comisión del delito de tráfico de sustancias controladas presentado el 29 de mayo de 2021, ante el Juzgado de Instrucción Penal de Turno de El Alto del departamento de La Paz; en virtud a ello, su titular mediante Auto Interlocutorio 195/21 de 29 de igual mes y año, declinó competencia en razón de territorio radicándose la causa en el Juzgado de Instrucción Penal Sexto de El Alto del mismo departamento; así mediante providencia de 30 del mismo mes y año, se fijó audiencia de aplicación de medidas cautelares para el mismo día a horas 14:00 siendo notificado personalmente el referido imputado -hoy accionante- con dichos actuados el mismo día a horas 12:45 en las celdas de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Narcotráfico (FELCN) de El Alto del citado departamento (fs. 34 a 39; y, 42 a 43).
II.2. Consta acta de audiencia pública de consideración de aplicación de medidas cautelares de carácter personal de 30 de mayo de 2021, en presencia del imputado Raúl Poma Quispe -ahora impetrante de tutela- junto a su defensa técnica y el Ministerio Público, dictándose el Auto Interlocutorio 148/2021 de la fecha antes mencionada, que dispuso su detención preventiva en el Centro Penitenciario San Pedro de La Paz (fs.44 a 45 vta.).