SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0986/2022-S2
Fecha: 02-Ago-2022
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Mediante requerimiento de inicio de investigación de 10 de mayo de 2021, Diego Leopoldo Molina Chambi, Fiscal Policial de La Paz -ahora demandado-, dentro del caso H.T. 305/2021, instaurado a denuncia de Pelagio Condori Yana, Viceministro de Descolonización y Despatriarcalización contra el impetrante de tutela, por la presunta comisión del delito de transgresión al art. 14 incs. 4), 8) y 10) de la LRDPB, requirió la notificación del aludido y fuese citado para que preste su declaración informativa asistido de su abogado; asimismo, ordenó el emplazamiento del Comandante de la Unidad de la cual dependería el nombrado a objeto de aplicarse lo determinado en el art. 57 inc. a) de la citada normativa (fs. 121 a 122).
II.2. Por Oficio DMOPERS/Stria Gral 0639/2021 de 18 de mayo, recepcionado el 20 de igual mes y año, por la Dirección Nacional de Servicio Aéreo Policial de Seguridad Ciudadana de la Policía Boliviana, Raúl Herminio Alfaro Vaquilla, Director Nacional de Personal de dicha entidad, puso a conocimiento del peticionante de tutela que, desde esa fecha sería puesto a disposición investigativa de la Fiscalía Departamental Policial de La Paz, donde debía presentarse en el término establecido por el “reglamento” de conformidad al art. 57 inc. a) de la LRDPB; nota que según Informe 016/2021 de 24 del indicado mes, emitido por el Jefe del Departamento Nacional de Operaciones Aéreas de la aludida Dirección Nacional, no pudo ser notificado al prenombrado; ya que, este hacía uso de su vacación anual (fs. 5 y 7).
II.3. Cursan Manual de Puestos de las Fiscalías Departamentales Policiales gestión 2012, Reglamento Interno de Asignación Bono al Cargo, Resolución Administrativa (RA) 0335/17 de 6 de diciembre de 2017, emitida por el Comando General de la Policía Boliviana; y, Manual de Organización y Funciones de la Dirección Nacional del Servicio Aéreo Policial de Seguridad Ciudadana gestión 2015 aprobado por RA 0060/17 de 2 de marzo de igual año (fs. 9 a 80 y 133 a 197).