SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1109/2022-S3
Fecha: 29-Ago-2022
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 16-2021 de 4 de agosto, cursante de fs. 22 a 23 vta., pronunciada por el Tribunal de Sentencia Penal Decimosegundo de la Capital del departamento de Santa Cruz; y en consecuencia:
1° CONCEDER la tutela impetrada, en los mismos términos en los que fue dictada por el Tribunal de garantías, con la única modificación que la llamada de atención al funcionario policial coaccionado converge más bien en una concesión de tutela respecto a la actuación del mismo.
2° Exhortar a Herminia Prado Suárez, Fiscal de Materia y Mario Churata Mamani, funcionario policial, a dar observancia y ceñir sus actuaciones a los Protocolos para la atención de víctimas de violencia establecidos para el Ministerio Público y la Policía Boliviana respectivamente, conforme se tiene expuesto en la parte in fine del análisis del caso concreto.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas
MAGISTRADA
Fdo. Dr. Petronilo Flores Condori
MAGISTRADO