SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1112/2022-S2
Fecha: 31-Ago-2022
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Por Resolución RR 288/21 de 6 de abril de 2021, Julio César Medina Gamboa, Rector de la UMSS -demandado- y Hernán Zárate Filipps, Secretario General a.i. de dicha casa superior de estudios, designó como docente a dedicación exclusiva para la Facultad Politécnica del Valle Alto, entre otros, a Luis Edgar Arancibia Miranda -accionante-, con vigencia del 19 de enero al 31 de diciembre de 2021 (fs. 176).
II.2. Se tienen papeletas de pago de junio a septiembre de 2021, emitidos por la UMSS, a nombre del impetrante de tutela donde se registró en la casilla de ingresos como total ganado la suma de Bs20 413,42.- (fs. 56 a 59).
II.3. Consta Resolución HCF-FPVA 35/21 de 1 de septiembre de 2021, pronunciada por Juan Francisco Montaño Anaya, Presidente del Honorable Consejo Facultativo -codemandado-, que determinó nombrar a Luis Vargas Rodríguez y Sergio Miguel Guzmán Blancourt como docentes en las materias acéfalas de máquinas y equipos y prototipaje de maquinaria agroindustrial, respectivamente, por una sola vez y por el semestre II/2021, que de acuerdo al cronograma aprobado será de la mencionada fecha hasta el 8 de enero de 2022 (fs. 6 a 7).
II.4. Cursan planillas de detalle de contribuciones, primas para el Sistema Integral de Personas (SIP), aportes para vivienda y el fondo, correspondientes a diciembre de 2021 y enero de 2022, literales en cuya fila “91” se encuentra registrado el solicitante de tutela, constando en la columna de total ganado dependiente menor de sesenta y cinco años de edad o asegurado con pensión del SIP menor de la dicha edad que decide aportar al señalado Sistema la suma de Bs20 413,42.- (fs. 281 y 283).