SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0767/2022-S1
Fecha: 09-Ago-2022
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Primera; en virtud de la autoridad que le confieren la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: REVOCAR la Resolución 137/2021 de 11 de junio, cursante de fs. 14 a 17, pronunciada por la Sala Constitucional Primera del departamento de La Paz; y, en consecuencia: CONCEDER la tutela impetrada debiendo la titular del Juzgado de Instrucción Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer Tercera de la Capital del departamento de La Paz señalar la audiencia extrañada dentro el plazo de veinticuatro horas de su legal notificación con el presente fallo constitucional, siempre y cuando por el transcurso del tiempo no se haya celebrado el acto procesal extrañado.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. MSc. Julia Elizabeth Cornejo Gallardo
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO | I. La o el adolescente en el Sistema Penal, desde el inicio del proceso, así como durante la ejecución de la medida socio-educativa, tienen los siguientes derechos y garantías:
- ARTÍCULO 262. (DERECHOS Y GARANTÍAS).
- III. El juicio de la o el adolescente debe responder al principio de la economía procesal, por el cual se podrán concentrar varias actuaciones en un solo acto... (las negrillas son añadidas).
- POR TANTO
- MAGISTRADA