SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0936/2022-S4
Fecha: 01-Ago-2022
II. CONCLUSIONES
Del análisis y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se tiene lo siguiente:
II.1 Por memorial de 28 de mayo de 2021, el ahora accionante, formuló desistimiento al Recurso de apelación planteado de su parte contra la decisión emitida en audiencia de cesación a la detención preventiva el 24 de igual mes y año, emitida por el Juzgado de Sentencia Penal Tercero de Quillacollo del departamento de Cochabamba, dictándose providencia de 31 de igual mes y gestión mediante la cual, se le hizo saber que el proceso ya había sido remitido ante la Sala Penal de turno del citado departamento, instancia ante la cual debía acudir, estándose a los datos del proceso (fs. 15 y vta.).
II.2. Cursa escrito presentado el 28 de mayo de 2021, por Óscar Freddy Uyardo Guanaco ante el Juzgado de Sentencia Penal Tercero de Quillacollo del departamento de Cochabamba, a por medio del cual, solicitó señalamiento de hora y fecha de audiencia de cesación a la detención preventiva; mereciendo Decreto de 31 de igual mes y gestión; por el que, se señaló verificativo virtual para el 4 de junio del mismo año a las 10:45 (fs. 16 a 17).