SENTENCIA CONSTITUCIONAL
PLURINACIONAL 1047/2022-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1047/2022-S3

Fecha: 09-Ago-2022

II. CONCLUSIÓN

De la revisión de los antecedentes que cursan en el expediente, se establece lo siguiente:

II.1.  Cursa edicto de 22 de febrero de 2021, emitido por el Juez de Instrucción Penal Segundo de la Zona Sur de la Capital del departamento de La Paz -ahora accionado-, que consigna la Resolución 70/2021 de 18 de febrero “…AUTO INTERLOCUTORIO (DECLARATORIA DE REBELDIA)…” (sic), dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Junior Siles Tarqui -hoy impetrante de tutela- y Germana “Mary” Tarqui Vásquez -difunta madre del prenombrado- por la presunta comisión del delito de estafa (fs. 4 y 5).

II.2.  Consta proveído de 20 de mayo de 2021, dictada por el Juez accionado, teniéndose por apersonados al accionante y a Germana Mery Tarqui Vásquez -fallecida madre del prenombrado-, dejándose sin efecto las órdenes dispuestas para su comparecencia, aclarando que se deja en suspenso los “MANDAMIENTOS DE APREHENSIÓN”, con la advertencia que en caso de una nueva inasistencia de los imputados al llamado que realice la autoridad jurisdiccional, estos serán emitidos nuevamente de manera directa; asimismo, los impetrantes deberán adjuntar la papeleta del pago de costas por su rebeldía; también, se determinó no ha lugar en relación a la revocatoria de la rebeldía, toda vez que inclusive el día de la audiencia en la que se determinó su rebeldía, se encontraban sus abogados patrocinantes, quienes no hicieron conocer un impedimento físico debidamente acreditado; tampoco, se fundamentó algún extremo relacionado al art. 88 del CPP, respecto al impedimento de los imputados (fs. 3).