SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1050/2022-S4
Fecha: 19-Ago-2022
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Cuarta Especializada; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 041/2021 de 30 de septiembre, cursante de fs. 204 a 213 vta., pronunciada por la Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí; y consecuencia:
1º CONCEDER parcialmente la tutela solicitada únicamente respecto al derecho a la petición, disponiendo que la autoridad ahora demandada, en el plazo de cuarenta y ocho horas, de respuesta debidamente fundamentada –positiva o negativa– a las notas presentadas por la accionante el 29 de junio y 20 de agosto de 2021; y,
2º DENEGAR la tutela impetrada con referencia al debido proceso así como a los derechos a la estabilidad laboral como servidora pública y a la defensa.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- II. 2. Por Memorándum 619/2019 de 29 de abril, se verifica, la asignación a la impetrante de tutela del cargo de Técnico II Control Balanza, dependiente de la Secretaría Departamental de Minería y Metalurgia del ente departamental, por “Restructura
- II. 9. Cursa memorial de 2 de junio de 2021, dirigido al Gobernador de Potosí, por la impetrante de tutela, reclamando la falta de respuesta a su recurso de revocatoria e interponiendo recurso jerárquico al haber operado el silencio administrativo
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- POR TANTO
- MAGISTRADO