SENTENCIA CONSTITUCIONAL
PLURINACIONAL 1103/2022-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1103/2022-S4

Fecha: 26-Ago-2022

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.    A través de Sentencia 79/2018 de 19 de noviembre, dictada dentro el proceso penal instaurado por el Ministerio Público y la acusación particular de Daniel Apaza Mamani, Claudia Rivera Valer y Candelaria Yanarico de Cordero contra Mario Gonzalo Vargas –hoy accionante–; por la que, se declaró al procesado culpable de la comisión del delito de estafa, imponiendo una pena privativa de libertad de tres años (fs. 40 a 47).

II.2.    Por memorial presentado el 29 de octubre de 2019, el ahora impetrante de tutela formuló excepción de extinción de la acción penal por prescripción ante la Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz –instancia en la que el proceso radicaba a partir de la remisión de una apelación restringida planteada contra la Sentencia condenatoria 79/2018–; obteniendo en respuesta, el proveído de 31 de igual mes y año, que dio por interpuesta la aludida excepción, disponiendo el traslado a la partes interesadas, y, por ofrecida y adjuntada la documentación señalada en los Otrosíes “1, 2 y 3” (fs. 49 a 51 vta.; y, 52).

II.3.    Mediante Auto de Vista 053/2020 de 5 de agosto, Yván Noel Córdova Castillo, Vocal de la Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz –ahora demandado–, y su similar Elisa Exalta Lovera Gutiérrez, resolvieron la excepción de extinción de la acción penal por prescripción promovida directamente en alzada y los recursos de apelación restringida e incidental formuladas contra la Sentencia 79/2018; y, la Resolución 47/2016 de 13 de abril, respectivamente, declarando infundada la mencionada excepción e infundadas las cuestiones planteadas en los recursos de apelación incidental y restringida, confirmando en consecuencia el fallo recurrido; determinación de alzada, notificada al solicitante de tutela, el 29 de octubre de 2020 (fs. 62 a 71 vta.; y, 72).