SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0003/2025-S3
Fecha: 11-Ago-2022
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confieren la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 19/2022 de 12 de agosto, cursante de fs. 106 vta. a 110, pronunciada por el Tribunal de Sentencia Penal Octavo de la Capital del departamento de Santa Cruz; y en consecuencia, DENEGAR la tutela impetrada.
CORRESPONDE A LA SCP 0003/2025-S3 (viene de la pág. 9).
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Al no existir consenso en Sala dentro del presente caso, dirime el Presidente, Magistrado Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano; siendo de Voto Disidente el Magistrado Ángel Edson Dávalos Rojas.
Fdo. Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano