SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1000/2022-S2
Fecha: 09-Ago-2022
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Cursa certificado médico de 2 de marzo de 2021, por el cual se diagnosticó a Alfredo Monasterios Canaza, hoy accionante, deshidratación, gastroenteritis, neumonía, infección de tracto urinario, lumbalgia y COVID-19 (fs. 138).
II.2. El 7 de mayo de 2021, a través de Resolución - Indulto 045/2021 emitida por el Director Departamental de Régimen Penitenciario a.i. de La Paz, se declaró procedente la solicitud de indulto total del hoy accionante y se dispuso su remisión ante el “…Juzgado de turno o Ejecución correspondiente para analizar la solicitud y la documentación presentada…” ([sic fs. 143 a 145 vta.])
II.3. El 12 de mayo de 2021, Eduardo Quispe Copa, Juez de Sentencia Penal Tercero en suplencia legal de su similar Segundo de la Capital del departamento de La Paz, por Resolución 117/2021 de 12 de mayo, rechazó la solicitud de indulto, precedentemente descrita por encontrarse dentro de las exclusiones previstas por el art. 9.I.2 del Decreto Presidencial 4461 -que excluye del indulto a las personas que cuenten con sentencia condenatoria ejecutoriada por delitos con pena privativa de libertad cuyo máximo legal sea mayor a diez años-, al haber sido condenado por la comisión del delito de tráfico de sustancias controladas previsto y sancionado por el art. 48 de la L1008, que señala: “…El que traficare con sustancias controladas será sancionado con presidio de diez a veinticinco años…” (sic [fs. 173 y vta.]).