SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1013/2022-S4
Fecha: 15-Ago-2022
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El solicitante de tutela denuncia la lesión de su derecho al debido proceso en sus elementos defensa, impugnación, fundamentación y motivación, en mérito a que las autoridades demandadas, al haber declarado improcedente su recurso de apelación y confirmado mediante Auto de Vista 178/2022, la Sentencia de 8 de febrero de 2020, emitida por el Tribunal de Sentencia Penal Primero – Juzgado Público de la Niñez y Adolescencia y de Partido del Trabajo y Seguridad Social y de Sentencia Penal de Huanuni del departamento de Oruro, no efectuaron una correcta interpretación de la legalidad ordinaria con relación al delito por el cual se le impuso una sanción penal, careciendo la cuestionada decisión de fundamentación y motivación, además encontrase incongruente la decisión –sentencia–, con la acusación Fiscal.
En consecuencia, corresponde en revisión, analizar si tales extremos son evidentes, a fin de conceder o denegar la tutela impetrada.
III.1. De la interpretación de la legalidad ordinaria
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Al respecto, la SC 0854/2010-R de 10 de agosto, estableció lo siguiente: “Toda vez que la Constitución reconoce diversas jurisdicciones en las cuales las autoridades con plenitud de jurisdicción y competencia interpretan y aplican las normas al caso