SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1021/2022-S3
Fecha: 09-Ago-2022
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confieren la Constitución Política del Estado y los arts. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional y 44.2 del Código Procesal Constitucional; en revisión, resuelve: REVOCAR en parte la Resolución 06/2021 de 10 de junio, cursante de fs. 26 vta., a 28, pronunciada por la Jueza Pública Mixta Civil y Comercial, de Familia, de la Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primera de Curahuara de Carangas del departamento de Oruro, en suplencia legal del Juzgado de Sentencia Penal Segundo de la Capital del citado departamento; y, en consecuencia:
1º CONCEDER la tutela solicitada por los impetrantes de tutela por lesión a sus derechos a la libertad, así como del principio de celeridad, sin disponerse el cumplimiento de dicha actuación procesal por cuanto la misma ya habría sido efectivizada; y,
2º Exhortar a Yesika Maura Daga Prialet, Jueza Pública Mixta Civil y Comercial, de Familia, de la Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primera de Poopó del departamento de Oruro, en suplencia legal del Juzgado de Instrucción Penal Quinto del citado departamento, que en posteriores actuaciones cumpla con lo dispuesto en el art. 251 del CPP, evitando que en lo futuro se eviten dilaciones indebidas como la presente, que repercuten directamente en el eficaz goce de los derechos, conforme se expresó en los razonamientos expuestos en el Fundamento Jurídico III.3 del presente fallo constitucional.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas
MAGISTRADA
Fdo. Dr. Petronilo Flores Condori
MAGISTRADO