SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1052/2022-S2
Fecha: 22-Ago-2022
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante a través de su representante, denuncia la vulneración de sus derechos a la libertad, a la salud, a la vida y al debido proceso en su vertiente juez imparcial; toda vez que, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público en su contra, se dispuso su detención domiciliaria que posteriormente fue revocada, manteniéndola privada de su libertad; puesto que, la Jueza demandada, comprometió su imparcialidad al haber obtenido audios, grabación de comunicaciones telefónicas y conexiones aprovechando los números de enlace que se dan, para habilitar a plataforma del sistema CISCO WEBEX y las llamadas de teléfono fueron interferidas con otros medios informáticos de centralización prohibidos por ley, de su abogado defensor por la enemistad que tiene con él, contra quien formuló denuncia el 27 de julio de 2021, antecedentes por los cuales debió excusarse del conocimiento de la causa. Asimismo, su persona, precisa de tal videograbación de 9 de igual mes y año de la audiencia de medidas cautelares como del 14 de referido mes y años de revocatoria, cuyo CD que contiene las actas de dichos actuados procesales no cursa en el cuaderno de control jurisdiccional y que lo precisa para fundamentar su apelación incidental.
En revisión, corresponde verificar si tales extremos son evidentes, a fin de conceder o denegar la tutela impetrada.
III.1. La acción de libertad y los alcances de protección respecto del debido proceso
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- La Constitución Política del Estado, como Norma Suprema, ha instituido las acciones de defensa para la protección y restablecimiento de los derechos y garantías fundamentales de las personas. Así, en el art. 125 constitucional se encuentra prescrita