SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0947/2022-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0947/2022-S1

Fecha: 13-Sep-2022

II. CONCLUSIONES

Realizada la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en el expediente, se establece lo siguiente:

II.1.  Mediante contrato privado reconocido en sus firmas y rúbricas de 27 de enero de 2011, se tiene que Henry Luis Álvaro Quintanilla, como propietario y poseedor del inmueble ubicado en la zona de Mesadilla zona Pacata Alta del departamento de Cochabamba, confirió en compromiso de compra venta el mencionado inmueble, en favor de Raúl Alberto Maldonado Araujo (fs. 19 a 20).

II.2.  Cursa Sentencia de 15 de junio de 2020 dentro de la demanda de usucapión decenal o extraordinaria, instaurada por Agustina Gaspar Condo contra de Henry Luis Álvaro Quintanilla, por la cual el Juez Púbico Civil y Comercial Doceavo del departamento de Cochabamba, declaró improbada la referida demanda, y probada la excepción perentoria de improcedencia opuesta por Henry Luis Álvaro Quintanilla y presuntos interesados (fs. 24 a 30); asimismo, cursa Auto de ejecutoría de 19 de noviembre de 2020, de la citada Sentencia (fs. 31 vta.).

II.3.  Consta Escritura Pública de 7 de julio de 2021 de Transferencia de Bien Inmueble, ubicado en zona Mesadilla, Urbanización Pacata Alta, con una superficie de 364.75 m2 registrado en Derechos Reales bajo la Matrícula Computarizada 3.01.1.02.0029183, realizada entre Henry Luis Álvaro Quintanilla, en favor de Raúl Alberto Maldonado Araujo ahora accionante, (fs. 33 a 35 vta.). Registrada bajo Folio Real con matrícula computarizada 3.01.1.02.0029183 (fs. 36 y vta.).

II.4.  Mediante Carta Notariada de 23 de agosto de 2021, el peticionante de tutela, solicitó a Agustina Gaspar Condo -ahora demandada-, la entrega del inmueble ubicado en Pacata Alta, Urbanización 10 de diciembre, calle Juan Gómez bajo alternativa de recurrir a las instancias legales correspondientes (fs. 37 y vta.).

II.5.  Mediante Declaraciones Voluntarias Notariales 173/2021 y 174/2021 de 6 de septiembre de 2021, Paula Andrea Machado Zapata y Victoria Tardío Vásquez, manifestaron que acompañaron al señor Raúl Alberto Maldonado Araujo, el lunes 9 de agosto de 2021, a su casa de la calle ubicada en Pacata Alta, Barrio 10 de diciembre, calle Juan Gómez cerca a la Torrentera, llamando a la puerta don Raúl, salió la señora Agustina Gaspar Condo, a quien increpó diciéndole cuándo iba a devolver su casa, ya había perdido el juicio, cuenta con papeles de propiedad del inmueble; recibiendo como respuesta que “esta es mi casa y nadie me va sacar ni muerta, procediendo a tirar con violencia la puerta” (sic); declarando haber claramente presenciado y escuchado lo anotado, (fs. 40 y 41).

II.6.  Cursa copia de Informe Tomográfico emitido por William Zegarra Santiesteban, médico de la Clínica Copacabana S.R.L., a través del cual consigna diagnóstico por imagen del paciente Raúl Maldonado Araujo, estableciendo osteosclerosis de cabezas femorales asociado a micro fracturas consolidadas de cabeza femoral derecha y quistes pequeños aislados (fs. 3).

II.7.  Mediante Informe Médico de 7 de enero de 2009, suscrito por los galenos Pastor Ureña Espinoza y Oscar Torrejón Valdez, en su condición de Traumatólogos de la Caja Petrolera de Salud, establecen que por ahora no es posible determinar el grado de incapacidad del paciente Raúl Alberto Maldonado Araujo; (fs. 4 a 5). Asimismo, cursa Resumen Clínico para Evaluación de Invalidez suscrito por Jaime Benítez Aliendre en su condición de Médico Laboral, en relación al paciente Raúl Alberto Maldonado Araujo, a través del cual diagnostica artrosis severa postraumática de ambas caderas, necrosis avascular de ambas cabezas femorales y prótesis de cadera derecha (fs. 6 a 8).

II.8.  Mediante nota de 23 de enero de 2009, presentada ante el Médico del Trabajo, la Fisioterapeuta y Kinesióloga María Angélica Jiménez, emitió un diagnóstico fisioterapéutico kinesiológico con referencia a Raúl Alberto Maldonado Araujo, en la cual expone alteración anátomo patológica y biomecánica severa de articulación coxofemoral bilateral por necrosis avascular de cabezas femorales; con artroplastia total de cadera derecha híbrida no cementada, con presencia de dolor recurrente en articulaciones de caderas que se acompaña de importancia funcional severa de la dinámica de la marcha, que compromete severamente sus actividades de la vida diaria, recreativas. Con menoscabo laboral severo de clase IV-V atribuibles a su actividad profesional. Sugiriendo el sometimiento a una cirugía de descomprensión de dicha articulación; (fs. 9 a 14).

II.9.  Cursa Formulario e Informe de Historia Socio Laboral para la Evaluación de la Incapacidad por Invalidez por enfermedad común, con referencia al paciente Raúl Alberto Maldonado Araujo, a través del cual la Trabajadora Social, recomienda se considere la solicitud presentada por el asegurado (fs. 15 a 16).