SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1025/2022-S1
Fecha: 21-Sep-2022
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en el expediente, se establece lo siguiente:
II.1. Testimonio de poder 454/2021 de 18 de marzo, otorgada por Norma Genoveva Chávez Ortiz en favor de María Elena Alejo Galindo -ahora demandada-, para que realice trámites y saneamiento de su propiedad registrado bajo la Matrícula computarizada 2.01.4.01.0153147; de igual forma se adjunta otro Testimonio de Revocatoria de poder 385/2021 de 26 de julio, por el cual se revoca el Testimonio 454/2021 (fs. 16 a 22 vta.).
II.2. Consta Contrato de Anticrético de 19 de octubre de 2019, suscrito entre Norma Genoveva Chávez Ortiz, como co propietaria de un lote de terreno registrado bajo la Matrícula computarizada 2.01.4.01.0153147, ubicado en la Urbanización Alto Lima, Lote 4B, Manzano 105, sobre la Calle Asunción, con una superficie de 208.35 m2, y María Elena Alejo Galindo -ahora demandada-, y otro, a quienes la co propietaria del inmueble referido otorgo en calidad de anticrético un departamento en el tercer piso del mismo, que consta de 2 dormitorios, cocina, baño, sala amplia, terraza y garaje; cuya vigencia se fijó hasta el 19 de noviembre de 2021 (fs. 105 a 106).
II.3. Cursa Registro de la propiedad inmueble con la Matrícula computarizada 2.01.4.01.0153147, emitido por la Oficina de DD.RR. de La Paz, emitido el 24 de junio de 2021, lote de terreno ubicado en Urbanización Alto Lima, Lote 4B, Manzano 105, Calle Asunción, con una superficie de 208.35 m2, constando en la titularidad del dominio, en el Asiento A.7 a Néstor Pañuni Callisaya y Norma Genoveva Chávez Ortiz (fs. 14 a 15 vta.).
II.4. El Servicio de Información Rápida de DD.RR. de El Alto, de 3 de noviembre de 2021, informó que el inmueble registrado con la Matrícula computarizada 2.01.4.01.0153147 se encuentra vigente, con una superficie de 208.35 m2, ubicado en la Urbanización Alto Lima, Lote 4B, Manzano 105 sobre la calle Asunción, cuyos propietarios vigentes son Néstor Pañuni Callisaya y Norma Genoveva Chávez Ortiz (fs. 103).
II.5. Por Memoriales de 29 de junio y 5 de julio ambos de 2021, la ahora demandada interpuso denuncia penal contra Claudia Mariela Chavéz Ortiz -ahora accionante- y otros, por la presunta comisión de los delitos de allanamiento de domicilio y robo agravado, misma que fue admitida por el Ministerio Público, por proveído de 6 del citado mes y año (fs. 107 a 110; y 112 a 113 vta.).
II.6. A través de Memorial dirigido al Juez de Instrucción Penal Séptimo de la Capital del departamento de La Paz, presentado el 19 de octubre de 2021, Marilú Serrudo, Fiscal de Materia, imputó formalmente Claudia Mariela Chávez Ortiz -ahora impetrante de tutela- y otros, por la presunta comisión del delito de allanamiento de domicilio o sus dependencias, tipificado en el art. 298 del CP (fs. 126 a 130).
II.7. Cursan fotografías y CDs que supuestamente demuestran el allanamiento ejercido por Claudia Mariela Chávez Ortiz -ahora peticionante de tutela- en un ambiente del departamento que María Elena Alejo Galindo -ahora demandada- ocupa en calidad de anticresista (fs. 68 a 88); así como fotografías que demostrarían su permanencia en esa condición junto a su familia (fs. 89 a 96).
II.8. Se tiene fotografías que muestran imágenes de agresiones físicas y heridas punzo cortantes generadas a Claudia Mariela Chávez Ortiz -ahora solicitante de tutela- presuntamente en el confrontamiento con la María Elena Alejo Galindo –ahora demandada- por el ambiente en cuestión (fs. 4 a 5).