SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1212/2022-S3
Fecha: 15-Sep-2022
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: REVOCAR en parte la Resolución 128/2021 de 5 de julio, cursante de fs. 124 a 130, pronunciada por la Sala Constitucional Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz; y, en consecuencia:
1º CONCEDER en parte la tutela solicitada, ante la vulneración del derecho al debido proceso en su elemento de congruencia que deviene en la falta de fundamentación y motivación de la Resolución del Tribunal Disciplinario “SUPEQAQRIOR” -Superior- Permanente de la Policía Boliviana 064/2020, conforme a lo establecido en la presente Sentencia Constitucional Plurinacional.
a) Disponer que la Resolución del Tribunal Disciplinario “SUPEQAQRIOR” -Superior- Permanente de la Policía Boliviana 064/2020, sea dejada sin efecto, debiendo los actuales miembros del Tribunal Disciplinario Superior de la Policía Boliviana emitir un nuevo fallo, sea en el plazo de setenta y dos horas a computarse desde su legal notificación con la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, de acuerdo a los fundamentos jurídicos expuestos en la misma.
2º DENEGAR la tutela solicitada en cuanto a la vulneración del derecho al juez natural; y asimismo, con relación a la condenación de costas.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. Dr. Petronilo Flores Condori