SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1326/2022-S3
Fecha: 28-Sep-2022
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la
CORRESPONDE A LA SCP 1326/2022-S3 (viene de la pág. 19).
Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: REVOCAR en parte la Resolución 04/2022 de 25 de enero, cursante de fs. 90 a 97 vta., pronunciada por la Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca; y en consecuencia:
1º CONCEDER en parte la tutela solicitada, solo respecto a la omisión de los Magistrados de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia -ahora accionados-, en fijar el plazo de la detención preventiva de Francisco Javier Pedraza Abrilot.
a) Disponer que los Magistrados hoy accionados, complementen el Auto Supremo 35/2020 de 18 de marzo, únicamente en cuanto al plazo de la detención preventiva del accionante, siempre y cuando ello no hubiese ya sucedido, o la situación jurídica del nombrado hubiese cambiado.
2º DENEGAR la tutela solicitada respecto a los derechos al debido proceso en sus elementos de fundamentación, motivación y congruencia; y, a la igualdad de las partes, conforme a los fundamentos jurídicos expuestos en este fallo constitucional.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. Dr. Petronilo Flores Condori
MAGISTRADO
Fdo. MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas
MAGISTRADA