SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL
1265/2022-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1265/2022-S4

Fecha: 26-Sep-2022

CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.  Por Resolución 209/2015 de 10 de julio de 2015, el Tribunal de Personal del Ejército, conformado por Luis Pastor Ríos Ramírez, Jaime Peñarrieta Sanabria, Freddy Mendieta Claros, Freddy Aguilar Valverde, Luis Benavides Fuentes, Juan Antonio Olivera Medrano, Luis Orlando Ariñez Bazzan y José Luis Begazo Ampuero; dispuso la sanción disciplinaria de retiro obligatorio a José Miguel Velásquez Montaño –ahora accionante–, por haber transgredido el art. 10 numerales 2, 15, 22 y 35 del Reglamento de Faltas Disciplinarias y sus Castigo No. 23 (fs. 79 a 85).

II.2.  Mediante Resolución 291/2015 de 15 de octubre, el Tribunal de Personal del Ejército, declaró la improcedencia del recurso de reconsideración planteado por el accionante, manteniendo firme y subsistente la sanción disciplinaria (fs. 89 a 93).

II.3. A través de Resolución TSP FF.AA. 074/2016 de 18 de octubre, el Tribunal de Personal de las FF.AA. del Estado, resolvió confirmar la  Resolución 209/2015 y 291/2015, manteniendo firme y subsistente la sanción de retiro obligatorio (fs. 97 a 100).

II.4. Por Auto 031/2017 de 9 de junio, el Tribunal Personal del Ejército de las Fuerzas Armadas (FF.AA.) del Estado, dispuso la ejecutoria de la Resolución 209/2015, confirmada mediante Resolución 074/2016; quedando firme y subsistente la sanción disciplinaria de retiro obligatorio contra el accionante. Determinación que fue notificada al impetrante el 16 de octubre de 2017 y  (fs. 103 a 105 y 106).

II.5. Mediante Requerimiento conclusivo de 16 de octubre de 2017, el Ministerio Público, dispuso el sobreseimiento a favor del impetrante de tutela, por los delitos de extorsión y cohecho pasivo propio  (fs. 2 a 5 vta.).

II.6. A través de notas y memoriales presentados por el accionante, de 8 de diciembre de 2017, 20 de noviembre de 2018; 17 de enero de 2020; 8 de enero de 2021, solicitó revocatoria de resoluciones sancionatorias y consiguiente reincorporación al Ejército (fs. 20 a 21; 24 a 26; 31 a 34 vta.; y, 41 a 42 vta.).