SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1142/2022-S2
Fecha: 12-Sep-2022
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Cursa Resolución del Consejo Disciplinario de la Escuela Naval Militar 034/2021 de 12 de abril, mediante la cual dicho Consejo resolvió sugerir al Consejo Académico Superior de la Escuela Naval Militar “Eduardo Avaroa Hidalgo”, la baja disciplinaria del instituto para el prenombrado, por haber cometido la falta muy grave Clase “A” de: “…‘Ingerir bebidas alcohólicas dentro del Instituto o vistiendo uniforme’…” (sic), con las agravantes de inducir y/o permitir ingerir bebidas alcohólicas a un cadete subalterno, sanción descrita en el Reglamento de Disciplina ENM-01-01, en sus arts. 101 y 170, y en conformidad al Capítulo Cuarto, Sección II, art. 51 de la misma norma (fs. 135 a 138).
II.2. A través del Acta de Reunión del Consejo Académico Superior de la Escuela Naval Militar 005/2021 de 16 de abril, determinaron por votación unánime sancionar con la baja disciplinaria del instituto al peticionante de tutela, por haber cometido la supra citada falta muy grave (fs. 140 a 149). El Director de la indicada Escuela, mediante Memorándum Div. I Pers. 285/21 de 21 de abril de 2021, y en cumplimiento a dicha determinación, comunicó al mencionado que fue dado de baja del instituto (fs. 184).
II.3. Por memorial presentado el 28 del mismo mes y año, el impetrante de tutela interpuso recurso de revocatoria contra el fallo supra citado; a tal efecto, el aludido Consejo Académico emitió la Resolución RR. 002/2021 de 18 de mayo, resolvió confirmar la decisión impugnada, manteniéndose incólume y subsistentes sus determinaciones en todas sus partes y fundamentos legales (fs. 150 a 168).
II.4. En virtud a la determinación asumida, el 28 de mayo de 2021, el solicitante de tutela formuló recurso jerárquico; producto de ello, el Consejo Superior Académico de la Facultad de Ciencias y Artes Militares Navales, pronunció la Resolución RJ. 001/2021 de 23 de julio, a través de la cual, resolvió confirmar totalmente la Resolución RR. 002/2021 (fs. 170 a 183).