SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1146/2022-S3
Fecha: 05-Sep-2022
II. CONCLUSIONES
De la revisión de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Mediante Nota CITE.CD-COTEYA 161/2021-2022 de 29 de diciembre de 2021, sin cargo de recepción, dirigida a Humberto Mario Arandia Claure, Director General Ejecutivo del INE -hoy accionado-; Laura Luisa Nayar Sosa, Diputada Presidente de la Comisión de Organización Territorial del Estado y Autonomías -ahora coaccionante-, hizo conocer su intención de apoyar y coadyuvar a la realización del Censo 2022, solicitando información sobre el estado actual del referido proceso y a ese efecto se coordine una reunión para abordar detalles del mismo (fs. 85 a 86).
Cursa Nota de respuesta, signada con CITE: INE-DGE-DCE-CPV 0725/22 de 14 de abril de 2022, con fecha de presentación de 19 de igual mes y año, por la cual la autoridad hoy accionada, a tiempo de citar el art. 298.I num. 16 de la CPE, manifestó que, para coordinar e informarle personalmente sobre los avances del proyecto censal, la solicitante pueda comunicarse con la funcionaria Martha Mabel Oviedo Aguilar Directora de Censos y Encuestas del INE ahora tercera interesada (fs. 89).
II.2. A través de Nota CITE.CD-COTEYA 362/2021-2022 de 04 de marzo de 2022 con cargo de recepción de 7 de igual mes y año, dirigida a la autoridad ahora accionada; la coaccionante Laura Luisa Nayar Sosa Diputada Nacional por el departamento de Santa Cruz, reiteró su solicitud de que se concrete una reunión con la Responsable del Censo del INE (fs. 87 a 88).
La Nota CITE.CD-COTEYA 362/2021-2022, mereció respuesta mediante la Nota CITE. INE-DGE 0360/2022 de 8 de marzo, por la cual la autoridad hoy accionada solicitó se dé cumplimiento al art. 36 inc. a) del Reglamento General de la Cámara de Diputados, expresando su voluntad de cooperar y coordinar de esa institución con la Cámara de Diputados (fs. 91).