SENTENCIA CONSTITUCIONAL
PLURINACIONAL 1160/2022-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1160/2022-S3

Fecha: 05-Sep-2022

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en el expediente, se establece lo siguiente:

II.1.    Cursa Auto 118/2021 de 15 de junio, emitido por la Jueza de Sentencia Penal Octava de la Capital del departamento de Santa Cruz, a través del cual declaró infundado el incidente planteado por Duglas Añez Landívar y Juan Carlos Añez Justiniano -ahora accionantes-, advirtiendo a su defensa técnica sobre el planteamiento de incidentes dilatorios y temerarios, así como su consiguiente sanción (fs. 183 a 188 vta.). En audiencia de incidente de nulidad de la misma fecha los nombrados formularon recurso de apelación incidental (fs. 189 y vta.).

II.2.    Mediante Acta de Audiencia de apelación incidental de 2 de agosto de 2021 celebrada por Julio Nelson Alba Flores y Walter Pérez Lora, Vocales de la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz -hoy accionados-, a través del cual se emitió Auto de Vista 201 de la misma fecha resolvieron declarar admisible y procedente el recurso de apelación planteada por los accionantes contra el Auto 118/2021 de 15 de junio, en consecuencia, anula el citado Auto objeto de apelación, debiendo la Jueza de la causa a los fines de resolver la problemática, observar y revisar el art. 345 del CPP modificado por la Ley 1173 (fs. 205 a 209).