SENTENCIA CONSTITUCIONAL
PLURINACIONAL 1200/2022-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1200/2022-S4

Fecha: 19-Sep-2022

En el caso que nos ocupa resolver, los antecedentes que acompañan a la presente causa, dan cuenta que el hoy impetrante de tutela fue designado como Asesor Legal del Órgano Ejecutivo Municipal del Gobierno Autónomo Municipal de San Andrés del departa

Bajo ese contexto, también resulta importante recordar que el Asesor Legal de un Gobierno Autónomo Municipal, se constituye en un servidor de absoluta y directa confianza de la MAE, por las labores de asesoramiento que brinda; constituyéndose en un cargo de primordial importancia institucional, ya que es el responsable de la dirección legal institucional; realizando labores de asesoramiento a la entidad edil, y defendiendo los intereses legales de ésta; marco dentro del cual, no se puede desconocer que es un cargo estratégico institucionalmente y por tanto no se encuentra protegido por la inamovilidad funcionaria, conforme ya se estableció precedentemente; máxime si la naturaleza de las funciones que desempeña, hacen que deba existir la flexibilidad necesaria en la designación del asesor legal principal de una entidad pública.

Por ello, y conforme al análisis que precede, no resulta evidente la lesión de los derechos invocados por el accionante, correspondiendo por consecuencia denegar la tutela solicitada.

En consecuencia, la Sala Constitucional, al denegar la tutela impetrada, obró de manera correcta.

POR TANTO

El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Cuarta Especializada; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 141/2021 de 22 de noviembre, cursante de fs. 43 a 47, pronunciada por la Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Beni; y en consecuencia, DENEGAR la tutela solicitada.

Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.

Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano

MAGISTRADO

René Yván Espada Navía

MAGISTRADO