SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1215/2022-S3
Fecha: 15-Sep-2022
II. CONCLUSIONES
De la revisión de los antecedentes que cursan en el expediente, se establece lo siguiente:
II.2. Mediante Nota CITE: GAMC/MAE/SG/025/2021 de 11 de junio, Brandon Villca Guarachi, Secretario General del GAM de Caquiaviri, dando respuesta a la nota -presentada- el 8 de igual mes y año, cuyo tenor señala “En atención y respuesta a nota presentada en fecha 8 de Junio de 2021 según hoja de ruta 359, y como manifiesta en la misma la gestión pasada tuvo muchas irregularidades en la administración municipal así mismo invitamos a su persona a pasar de manera personal el día lunes 14 de junio del presente a efectos de analizar el Art. 26 (Calculo de la remuneración mensual de las Concejalas y los Concejales, establecido en el Reglamento General del Honorable Concejo Municipal del Gobierno Autónomo Municipal de Caquiaviri, así mismo solicitamos pueda asistir debidamente documentado, toda vez que es de su conocimiento que no se ha tenido un proceso de transición transparente regular hasta la fecha siendo que se le invito a que su persona pueda proceder con el descargo documental necesario” (sic [fs. 325]).
II.3. Consta nota de 1 de julio de 2021 -no cuenta con cargo de recepción-, dirigida al Alcalde accionado, cuya referencia indica “REITERA POR SEGUNDA VEZ PETICIÓN DE PAGO DE LOS SUELDOS Y SALARIOS ADEUDADOS A MI PERSONA POR EL MUNICIPIO DE CAQUIAVIRI, MAS LOS BENEFICIOS ESTABLECIDOS POR LEY” (sic), señalando que existieron varias irregularidades en la anterior gestión del GAM de Caquiaviri y que en diferentes oportunidades pidió de manera verbal y también presentando notas y solicitudes, el pago de salarios, aguinaldos de dos gestiones y otros, requiriendo en consecuencia que se cancele en su totalidad los salarios que le corresponde desde julio de 2019 hasta abril de 2021; ya que, ese dinero fue presupuestado en su momento para esos pagos; además, dos aguinaldos correspondientes a 2019 y 2020; asimismo, sean depositados los aportes al “…BBVA PREVISIÓN AFP S.A. Y CAJA DE CAMINOS” (sic [fs. 6]).
II.5. Por Nota de 8 de agosto de 2021, el Alcalde accionado, conminó al accionante la entrega de la documentación y activos que indica en la misma, constando que dicha nota pasó por ante el Notario de Fe Pública 31 de El Alto del departamento de La Paz (fs. 327).