SENTENCIA CONSTITUCIONAL
PLURINACIONAL 1223/2022-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1223/2022-S3

Fecha: 26-Sep-2022

II. CONCLUSIONES

De la revisión de los antecedentes que cursan en el expediente, se establece lo siguiente:

II.1.  Consta Decreto Edil 17/2017 de 11 de agosto, emitido por el entonces Alcalde del GAM de Villazón del departamento de Potosí, por el cual, se autorizó y aprobó la documentación presentada para el servicio de transporte en la jurisdicción del municipio de Villazón, por parte de la ‘“ASOCIACION MIXTA DE TRANSPORTE PUBLICO 17 DE ABRIL DEL SUD”’ (sic), en la modalidad de taxis (fs. 11 a 14).

II.2.  Cursa Decreto Edil 18/2017 de 31 de agosto, dictado por la referida autoridad municipal, por el cual, abrogó el Decreto Edil 17/2017, en sentido de que la indicada Asociación, quedó sin ente matriz (fs. 15 a 16).

II.3.  Mediante memorial presentado el 27 de julio de 2021, dirigido al “SEÑOR HONORABLE ALCALDE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE VILLAZON JUAN NAVIA.- (Para la unidad de Trafico y Vialidad Arq. Wilson Vásquez).- (Expediente Asociación Mixta de Transporte 17 de Abril del Sud).-(sic), Ramiro Leaño Calderón, Juan Lucas Mosquez y Santiago Condori Apaza -ahora accionantes-, “…CON UNIDADES DE TRANSPORTE RADICADOS EN ESTA CIUDAD, y como asociados de la Asociación Mixta de Transporte Público 17 de Abril del Sud…” (sic), plantearon recurso de revocatoria y/o impugnación a la boleta de infracción emitida el 26 de igual mes y año, que hacen a la limitación del “Derecho de Circulación”; asimismo, con base al principio de igualdad, solicitaron fotocopia simple del Decreto Edil que autoriza al “…sindicato 20 de mayo y A.T.L.V. a circular por esta ciudad ya que toda autorización tiene que actualizarse.-” (sic [fs. 19 a 20]).

II.4.  A través de memorial de 8 de septiembre de 2021 -fecha de cargo ilegible-, dirigido al “SEÑOR HONORABLE ALCALDE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE VILLAZON JUAN NAVIA.- (Para la unidad de Tráfico y Vialidad Abog. Roger Viaña).- (Expediente Asociación Mixta de Transporte17 de Abril del Sud).-(sic), Never Ramiro Domínguez Colque, Abel Antonio Troncoso Lucana, Teodoro Espinoza Mestilla, Esteban Quispe Bustamante, Herculiano Burgos Suyo y Jorge Luis Calapiña Acho -hoy accionantes-, “…CON UNIDADES DE TRANSPORTE RADICADOS EN ESTA CIUDAD, y como asociados de la Asociación Mixta de Transporte Público 17 de Abril del Sud…” (sic), formularon recurso de revocatoria y/o impugnación a las boletas de infracción emitidas el 3, 7 y 8, todas de igual mes y año, que hacen a la limitación en el “Derecho de Circulación”; asimismo, con base al principio de igualdad, solicitaron fotocopia simple del Decreto Edil que autoriza al “…sindicato 20 de mayo y A.T.L.V. a circular por esta ciudad ya que toda autorización tiene que actualizarse.-” (sic [fs. 21 a 22]).

II.5.  Cursa escrito presentado el 20 de septiembre de 2021, dirigido al “SEÑOR HONORABLE ALCALDE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE VILLAZON JUAN NAVIA.- (Para la unidad de Tráfico y Vialidad Abog. Roger Viaña).- (Expediente Asociación Mixta de Transporte17 de Abril del Sud).-(sic), por el cual, los accionantes Never Ramiro Domínguez Colque y Juan Lucas Mosquez, “…CON UNIDADES DE TRANSPORTE RADICADOS EN ESTA CIUDAD, y como asociados de la Asociación Mixta de Transporte Público 17 de Abril del Sud…” (sic), plantearon recurso de revocatoria y/o impugnación a las boletas de infracción emitidas el 10, 14 y 17, todas de ese mes y año, que hacen a la limitación en el “Derecho de Circulación”; asimismo, en base al principio de igualdad, solicitaron fotocopia simple del Decreto Edil que autoriza al “…sindicato 20 de mayo y A.T.L.V. a circular por esta ciudad ya que toda autorización tiene que actualizarse.-”  (sic [fs. 23 a 24]).

II.6.  Mediante memorial presentado el 29 de septiembre de 2021, dirigido al “SEÑOR HONORABLE ALCALDE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE VILLAZON JUAN NAVIA.- (Para la unidad de Tráfico y Vialidad Abog. Roger Viaña).- (Expediente Asociación Mixta de Transporte17 de Abril del Sud).-(sic), Julián Aricoma Bautista -ahora accionante-, “…CON UNIDAD DE TRANSPORTE RADICADO EN ESTA CIUDAD, y como asociado de la Asociación Mixta de Transporte Público 17 de Abril del Sud…” (sic), planteó recurso de revocatoria y/o impugnación a las boletas de infracción emitidas el 23 de julio y 20 de septiembre, ambas del indicado año, que hacen a la limitación en el “Derecho de Circulación”; asimismo, con base al principio de igualdad, solicitó fotocopia simple del Decreto Edil que autoriza al “…sindicato 20 de mayo y A.T.L.V. a circular por esta ciudad ya que toda autorización tiene que actualizarse.-” (sic [fs. 25 a 26]).

II.7.  Por memorial presentado el 11 de octubre de 2021, dirigido al “SEÑOR HONORABLE ALCALDE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE VILLAZON JUAN NAVIA.- (Para la unidad de Tráfico y Vialidad Abog. Roger Viaña).- (Expediente Asociación Mixta de Transporte17 de Abril del Sud).-(sic), Esteban Quispe Bustamante -ahora accionante- “…CON UNIDAD DE TRANSPORTE RADICADO EN ESTA CIUDAD, y como asociado de la Asociación Mixta de Transporte Público 17 de Abril del Sud…” (sic), planteó recurso de revocatoria y/o impugnación a las boletas de infracción emitidas el 4 y 5, ambas del indicado mes y año, que hacen a la limitación en el “Derecho de Circulación”; asimismo, con base al principio de igualdad, solicitó fotocopia simple del Decreto Edil que autoriza al “…sindicato 20 de mayo y A.T.L.V. a circular por esta ciudad ya que toda autorización tiene que actualizarse.-” (sic [fs. 27 a 28]).

II.8.  A través de escrito presentado el 19 de octubre de 2021, dirigido al “SEÑOR HONORABLE ALCALDE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE VILLAZON JUAN NAVIA.- (Para la unidad de Tráfico y Vialidad Abog. Roger Viaña).- (Expediente Asociación Mixta de Transporte 17 de Abril del Sud).-(sic), los accionantes Calixto Fita Calle, Teodoro Espinoza Mestilla, Richard Mamani Condori, Ramiro Leaño Calderón y Never Ramiro Domínguez Colque “…CON UNIDADES DE TRANSPORTE RADICADOS EN ESTA CIUDAD, y como asociados de la Asociación Mixta de Transporte Público 17 de Abril del Sud…” (sic), plantearon recurso de revocatoria y/o impugnación a las boletas de infracción emitidas el 12 y 14, ambas de ese mes y año, que hacen a la limitación en el “Derecho de Circulación”; asimismo, con base al principio de igualdad, solicitaron fotocopia simple del Decreto Edil que autoriza al “…sindicato 20 de mayo y A.T.L.V. a circular por esta ciudad ya que toda autorización tiene que actualizarse.-” (sic [fs. 29 a 30]).

II.9. Cursa nota presentada el 4 de noviembre de 2021, dirigida a Juan Navia Llanos, Alcalde del GAM de Villazón -ahora accionado-, por la cual, Diego Llusco Silvestre, Presidente; Ramiro Leaño Calderón, Vicepresidente; y, Néstor Romero Colque, Secretario de Conflictos, todos, de la Asociación Mixta de Transporte Público “17 de Abril del Sud”, señalaron que habiendo solicitado a la Unidad de Tráfico y Vialidad “…se nos pueda conceder una fotocopia de los DECRETOS EDILES de la Asociación Mixta de Transporte Libre de Villazon. (A.T.L.V.) y del Sindicato de Taxis 20 de Mayo; documentación que es de orden publico ya que los decretos ediles y demás actuados de la administración publica, son precisamente eso ‘PUBLICOS’ a la fecha NO SE NOS HA EXTENDIDO NI EXPRESADO EL MOTIVO DE SU NO EXTENSION, consiguientemente AGOTANDO EL PRINCIPIO DE SUBSIDIARIEDAD PEDIMOS SE INSTRUYA A LA UNIDAD DE TRAFICO Y VIALIDAD EN SU REPRESENTANTE se cumpla el DERECHO DE PETICION SOLICITADO(sic [fs. 31 y vta.]).