SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1280/2022-S4
Fecha: 26-Sep-2022
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Por Auto de Vista 247/2019 de 3 de octubre, dictado por César Wenceslao Portocarrero Cuevas y Silvia Portugal Espinoza, Vocales de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz –ahora demandados–, se determinó declarar la admisibilidad e improcedencia del recurso de apelación planteado por la defensa de Gunter Reynaldo Montecinos Vélez y Hebert Gutiérrez Vía –hoy impetrantes de tutela–, contra el Auto 106/2019 de 17 de julio, que dispuso declarar infundadas las excepciones de prescripción formuladas por los sindicados dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público en su contra por la presunta comisión de los delitos de abuso deshonesto y corrupción de menores; determinando en consecuencia, confirmar el fallo recurrido (fs. 29 a 36).
II.2. Consta Formulario de Notificaciones del Auto de Vista 247/2019, donde se consigna como destinatarios en la primera, a Gunter Reynaldo Montecinos Vélez; en la segunda, a Hebert Gutiérrez Vía; y, en la tercera, a José Antonio Robles Cárdenas, estas últimas dos de 9 de febrero de 2020; y, en la primera se observa la misma fecha; empero, con el número uno sobrepuesto con bolígrafo sobre el último cero impreso de 2020 (fs. 37).