SENTENCIA
CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1199/2022-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1199/2022-S4

Fecha: 19-Sep-2022

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes, que cursan en obrados, establece las siguientes conclusiones:

II.1.  Cursa notas escritas presentadas a la Unidad de Servicios y Atención Ciudadana del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, el 20 de mayo, 18 de junio y 20 de julio de 2021, firmadas por Luis Fernando Bascope Vildoso y dirigidas a Hernán Iván Arias Duran, Alcalde del citado gobierno municipal, solicitando, pago de compensación económica de vacaciones no usadas en los plazos establecidos por Ley luego de la desvinculación laboral, reiterando en dos oportunidades la misma petición (fs. 3 a 7).

II.2.  A través de notas escritas presentadas a la Unidad de Servicios y Atención Ciudadana del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, el 7 y 30 de julio y el 5 de agosto de 2021, firmadas por Ernesto Vladimir Gutiérrez Ramírez y dirigidas a Hernán Iván Arias Duran, Alcalde del mencionado ente municipal, solicitando, pago de compensación económica de vacaciones no usadas y los beneficios sociales que le corresponde, luego de su desvinculación laboral el 4 de junio del mismo año, reiterando en dos oportunidades la misma petición (fs. 11 a 16).

II.3.  Mediante notas escritas presentadas a la Unidad de Servicios y Atención Ciudadana del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, el 3 de mayo, 2 de junio y 23 de julio de 2021, firmadas por Fernando Martin Velásquez Miranda y dirigidas a Hernán Iván Arias Duran, Alcalde y Raúl Fernando Ayala España, Director de Gestión de RR.HH. ambos de la señalada entidad municipal, solicitando, pago de compensación económica de vacaciones no usadas y duodécimas de aguinaldo, luego de su desvinculación laboral el 7 de mayo del mismo año, reiterando en dos oportunidades la misma petición (fs. 19 a 21).

II.4.  Por notas escritas presentadas a la Unidad de Servicios y Atención Ciudadana del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, el 5 y 12 de mayo, 7 de junio y 29 de julio de 2021, firmadas por Ramón Elías Segundo Servia Oviedo y dirigidas a Hernán Iván Arias Duran, Alcalde y Raúl Fernando Ayala España, Director de Gestión de RR.HH., ambos del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, solicitando, pago de compensación económica de vacaciones no usadas, luego de su desvinculación laboral el 11 de mayo del mismo año, reiterando en tres oportunidades la misma petición (fs. 24 a 30). 

II.5.  Cursa notas escritas presentadas a la Unidad de Servicios y Atención Ciudadana del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, el 18 de mayo y 29 de julio de 2021, firmadas por Adriana Ivonne Aguilar Tarifa y dirigidas a Hernán Iván Arias Duran, Alcalde y Raúl Fernando Ayala España, Director de Gestión de RR.HH., ambos del ente municipal, solicitando, pago de compensación económica de vacaciones no usadas, luego de su desvinculación laboral el 13 de mayo del mismo año, reiterando en una oportunidad la misma petición (fs. 34 a 35). 

II.6.  A través nota escrita presentada a la Unidad de Servicios y Atención Ciudadana del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, el 12 de agosto de 2021, firmada por Cristian Pereira Stambuk y dirigida a Karem Milenka Vásquez Salazar, Directora de Gestión de RR.HH. del citado gobierno municipal, solicitando, pago de compensación económica de vacaciones no usadas, luego de su desvinculación laboral el 26 de abril del mismo año (fs. 39).