SENTENCIA
CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1214/2022-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1214/2022-S4

Fecha: 19-Sep-2022

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.  Por Cédulas de Identidad de Verónica Vega Vega, y Teolinda Guzmán Vega de Jaramillo –ahora coaccionantes–, nacida el 28 de enero de 1945 para la primera, y el 23 de enero de 1954 para la segunda; constataría que las mismas son mayores de edad (fs. 1 a 2).

II.2.  Mediante Certificados de Nacimiento de 25 de abril de 2018 y 26 de enero de 2021, se advierte el nacimiento de tres menores de edad, el 4 de octubre de 2008, 25 de julio de 2012 y 22 de noviembre de 2015, hijas de Digna María y Margarita Verónica ambas Guillen Vega –hoy coimpetrantes de tutela– (fs. 6 a 8).

II.3.  Consta Título Ejecutorial PPD-NAL-522796 de 20 de octubre de 2015, emitido por el INRA; por el cual, se advierte que Verónica Vega Vega, fue adjudicada con una propiedad pequeña, con una superficie de 0.9733 ha, ubicada en el departamento de Tarija, provincia Cercado, municipio de Tarija (fs. 9).

II.4.  Cursa Folio Real de la Parcela 239, de la comunidad campesina Churquis, con una extensión de 0.9733 ha, con matrícula computarizada (no legible), a nombre de Verónica Vega Vega, emitido por el Registro de DD.RR. de Tarija el 22 de junio de 2016 (fs. 11).

II.5.  Constan impresiones fotográficas que evidencian, entre otros: 1) Una vivienda con seis integrantes, entre los cuales, se observan cuatro mujeres y un hombre; 2) Una excavación que deja expuesta una tubería de agua; y, 3) Una persona de sexo femenino recogiendo agua de un charco (fs. 12 a 19).

II.6.  Se tienen Facturas de Servicios Eléctricos de julio y agosto de 2019, de Teolinda Guzmán Vega de Jaramillo; así también de Digna María Guillen Vega de febrero de 2021; y, los meses de marzo y junio de igual año, realizados a Servicios Eléctricos Tarija (SETAR) (fs. 20 a 25).

II.7.  Cursan Recibos de 20 de octubre de 2021, de pago de consumo de agua potable, de Verónica Vega Vega y Teolinda Guzmán Vega de Jaramillo de 2017 y 2018 (fs. 26 y 27).

II.8.  Consta Recibo de pago realizado por Verónica Vega Vega por concepto de aporte sindical de la gestión 2020 al Sindicato Agrario de la Comunidad Churquis (fs. 28).

II.9.  Cursa Acta de Verificación de 6 de noviembre de 2021, elaborada por la Notaria de Fe Pública Décima Novena de Tarija, que ante solicitud de Margarita Verónica Guillen Vega, mediante memorial de 5 de igual mes y año, se constituyó a la comunidad de Churquis Centro, en el bien inmueble de propiedad de Verónica Vega Vega, quien vive con sus hijas Margarita y Digna ambas María Guillen Vega, quienes a su vez, conviven con sus esposos e hijos menores de edad; y, en el domicilio de Teolinda Guzmán Vega de Jaramillo, en donde constató que ambos bienes inmuebles no cuentan con agua potable; además, se verificó después de una excavación, que no se encuentra ninguna llave de paso de agua y se observó que recientemente se habría retirado dicha llave, habiéndose unido la cañería de forma directa; concluyendo que, ese hecho imposibilita que el líquido elemento ingrese al domicilio de las ahora accionantes, debido a la pendiente existente en la zona, ya que la conexión interna se encuentra a 250 m aproximadamente de los domicilios afectados (fs. 29).