SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1247/2022-S2
Fecha: 26-Sep-2022
II.CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes cursantes en el expediente, se establece lo siguiente:
II.1. Por Sentencia 21/2021 de 25 de enero, la Jueza Pública de Familia Primera de Trinidad del departamento de Beni, declaró disuelto el vínculo matrimonial entre Jesús Salvatierra Ylorca -accionante- y María Esther Cuellar Navarro -tercera interesada- (fs. 32 a 33 vta.).
II.2. Mediante Auto Definitivo 21/2021 de 31 de marzo, la precitada autoridad judicial, resolviendo el incidente de división de bienes gananciales formulado por la tercera interesada determinó la ganancialidad del bien inmueble ubicado en la urbanización Cipriano Barace, sobre la calle Santa Rosa, manzano “L”, registrado en la oficina de DD.RR. bajo la Matrícula 8.01.1.01.0006716 (fs. 55 a 56 vta.).
II.3. Por memorial presentado el 9 de abril de 2021, el impetrante de tutela apeló el supra citado fallo; en sustanciación, los Vocales de la Sala Civil Mixta de Familia, Niñez y Adolescencia y Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública del Tribunal Departamental de Justicia de Beni -demandados-, a través del Auto de Vista 120/2021 de 30 de junio, declararon inadmisible dicho recurso formulado; cursando notificación de 19 de agosto del señalado año, con el Auto de Vista “29-07-2021” (sic), a las partes de ese proceso (fs. 68 a 70 vta. y 84 a 85).