SENTENCIA
CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1254/2022-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1254/2022-S4

Fecha: 26-Sep-2022

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se tiene lo siguiente:

II.1.    Cursa nota de 6 de noviembre de 2021, y Convocatoria a elecciones de renovación parcial de los Consejeros de Administración y Vigilancia Gestión 2021, a llevarse a cabo el 4 de diciembre de 2021, de 8:00 a 16:00; a la cual, Orlando Cárdenas Núñez –ahora accionante– se postuló al Consejo de Administración (fs. 2 a 6; y, 7).

II.2.   Por nota de 27 de noviembre de 2021 Cite: Comité Electoral 029/2021, Jimmy Adrián Ayllon Rocabado, Presidente, Karina Meriles López, Vocal; y, Carmen Martínez Mamani, Secretaria, todos del Comité Electoral de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Abierta “Catedral” R.L. –ahora demandados–, dieron a conocer al ahora impetrante de tutela, que se encontraba con observación su postulación, que de acuerdo a la documentación correspondiente y analizada la misma por el pleno del Comité Electoral, con base en el informe de la Gerencia General se tendría la información de que el hoy solicitante de tutela, habría interpuesto acción de defensa en contra de la citada Cooperativa, debiendo el postulante en este caso el hoy accionante, desvirtuar si fuese el caso y presentar la documentación en el plazo de veinticuatro horas (fs. 8).

II.3.   El 3 de diciembre de 2021, el accionante, solicitó a Jimmy Ayllon Rocabado Presidente del Comité Electoral de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Abierta “Catedral” R.L., justificación documentada a la nota que recibió de inhabilitación a su candidatura al Consejo de Administración, impetrando, además, todo lo que establece la Convocatoria y Reglamento Electoral a objeto de presentar descargos y reservándose el derecho a acudir en defensa en la vía ordinaria y constitucional (fs.14).