SENTENCIA
CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1255/2022-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1255/2022-S4

Fecha: 26-Sep-2022

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se llega a las siguientes conclusiones:

II.1.  Cursa Resolución Ejecutiva 164/2014 de 26 de diciembre, emitida por Rosario Pimentel Flores, Alcaldesa y Henry Rojas Jiménez, Secretario de Economía y Hacienda, ambos del Gobierno Autónomo Municipal de Oruro, mediante la cual, resolvieron aprobar la planimetría de la Urbanización denominada San Agustín, bajo el código GOM-PAU 004/2012, decisión en respuesta a la solicitud efectuada por Rene Callejas Monje, mediante memorial de 27 de abril de 2010 (fs. 2 a 3).

II.2.  Mediante RA 010/2017 de 2 de mayo, emitida por el Secretario de Gestión Territorial del Gobierno Autónomo Municipal de Oruro –con nombre ilegible– se resolvió anular la aprobación del plano topográfico georreferenciado de la superficie 139.652.94 m2 de Rene Callejas Monje, por encontrase sobrepuesto a la urbanización San Pedro de Totora de propiedad de Florencio Tancara Alvi (fs. fas 4 a 5).

II.3.  Cursa Resolución Jerárquica 03/2017 de 1 de septiembre firmada por Edgar Bazán Ortega, Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Oruro; por la cual, ante la impugnación efectuada por Rene Callejas Monje contra la RA 010/2017 de 2 de mayo, dispuso anular obrados del proceso administrativo, ordenado la emisión de una nueva Resolución Administrativa (fs. 6 a 25).

II.4.  Cursa la RA 01/2018 de 15 de enero, emitida por Gonzalo Valdez Sahonero, Secretario de Gestión Territorial del Gobierno Autónomo Municipal de Oruro, que en cumplimiento de la Resolución Jerárquica 03/2017 de 1 de septiembre, efectuando un nuevo análisis, dispuso el rechazo de la pretensión de nulidad del plano topográfico georreferenciado de propiedad de Rene Callejas Monje, solicitado por Florencio Tancara Alavi (fs. 26 a 35).

II.5.  Cursa RA 006/2018 de 8 de marzo, emitida por Gonzalo Valdez Sahonero, Secretario Municipal de Gestión Territorial del Gobierno Autónomo Municipal de Oruro, mediante la cual resolvió rechazar el recurso de revocatoria planteado por Florencio Tancara Alavi contra la RA 01/2018 de 15 de enero (fs. 36 a 46).

II.6.  Cursa Resolución Jerárquica de 12 de junio de 2018, emitida por Hilaria Sejas Adriázola, Alcaldesa del Gobierno Autónomo Municipal de Oruro, mediante la cual resuelvió aceptar el recurso jerárquico interpuesto por Florencio Tancara Alavi, en contra de la RA 006/2018 de 8 de marzo; por lo tanto, declarar la nulidad del plano topográfico georreferenciado, uso de suelo y plano de urbanización San Agustín II de Rene Callejas Monje (fs. 50 a 54 vta.).

II.7.  En revisión del sistema de gestión procesal de este Tribunal, se pudo evidenciar la existencia de la SCP 0140/2020-S3 de 17 de marzo, la cual confirmando en parte la Resolución 01/2020 de 4 de febrero, emitida por la Jueza de garantías, resolvió conceder la tutela solicitada por Rene Callejas Monje, quien alegó la lesión de su derecho, entre otros, al debido proceso en su elemento defensa, señalando que, Hilaria Sejas Adriázola, Alcaldesa del Gobierno Autónomo Municipal de Oruro, al emitir Resolución Jerárquica de 12 de junio de 2018, no le notificó con los memoriales que plantearon el recurso jerárquico uno presentado por Florencio Tancara Alavi y otro por Sabino Fernández Fernández, imposibilitando su defensa de manera oportuna, en consecuencia, el aludido fallo constitucional, dispuso, dejar sin efecto la Resolución Jerárquica de 12 de junio de 2012, disponiendo la emisión de una nueva Resolución.

II.8.  Mediante Resolución Jerárquica 001/2021 de 28 de abril, emitida por David Freddy Choque Condori, Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Oruro, en cumplimiento de la SCP 0140/2020-S3 de 17 de marzo, resolviendo los recursos jerárquicos planteados por “Florencio Tancara Alavi y Sabino Fernández Fernández” determinó confirmar la RA 006/2018 de 8 de marzo, emitida por Gonzalo Valdez Sahonero, Secretario Municipal de Gestión Territorial del Gobierno Autónomo Municipal de Oruro, en consecuencia dispone la vigencia, firmeza y legalidad del Plano Topográfico Georreferenciado aprobado mediante Informe Técnico 041/09 de 30 de abril, certificado de usos de suelo, Plano de urbanización aprobado el 26 de diciembre de 2014 mediante Resolución Ejecutiva 164/2014 emitida por Rossio Pimentel Flores de propiedad de Rene Callejas Monje (fs. 103 a 111).