SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1257/2022-S3
Fecha: 26-Sep-2022
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera, en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y los arts. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; y, 44.1 del Código Procesal Constitucional; en revisión, resuelve CONFIRMAR en parte la Resolución 148/2021 de 26 de julio, cursante de fs. 189 a 192 vta., pronunciada por la Sala Constitucional Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, y en consecuencia:
1º CONCEDER en parte la tutela impetrada, por lesión del debido proceso en sus elementos de motivación, valoración de la prueba y congruencia, en los mismos términos dispuestos por la citada Sala Constitucional, con la única aclaración al respecto, que debe mantenerse incólume las demás partes de la Resolución 148/221, al no haber sido objeto de reclamo en sede constitucional.
2º DENEGAR la tutela solicitada respecto al derecho a la educación superior.
3º Llamar la atención a Carmiña Ninoska Vera Márquez y Rubén Ramírez Conde, Vocales de la Sala Constitucional Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, por la dilación en la remisión de antecedentes del presente caso, conforme se precisó en el apartado de “Otras consideraciones”.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas
MAGISTRADA
Fdo. Dr. Petronilo Flores Condori
MAGISTRADO