SENTENCIA
CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0001/2023-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0001/2023-S1

Fecha: 03-Ene-2023

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO | II.    Podrán requerir la intervención de la fuerza pública o la remisión de antecedentes ante la autoridad administrativa a fin de la sanción disciplinaria que corresponda. | III. Podrán imponer multas progresi

El impetrante de tutela denuncia la lesión de sus derechos a la libertad y al debido proceso en su elemento de celeridad; toda vez que, el Juez demandado, el 28 de agosto de 2020 celebró audiencia de consideración de cesación de medidas cautelares de carácter personal, en la cual se tuvo por desistida su solicitud, bajo el argumento que: 1) No se conectó a dicha audiencia -refiriéndose al accionante-; y, 2) La documental adjunta seria ilegible; por lo que, se dispuso que previo al señalamiento de la audiencia, presente documentos legibles, determinación ante la cual formuló recurso de reposición, el cual fue rechazado, sin tomar en cuenta que dicha prueba se encuentra inserta en el cuaderno de control jurisdiccional.

En consecuencia, corresponde analizar en revisión, si tales argumentos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela solicitada; para ello, se desarrollarán los siguientes temas: i) De la improcedencia de esta acción tutelar para hacer efectiva otra resolución de la misma naturaleza dictada por los Jueces o Tribunales de garantías; y, ii) Análisis del caso concreto.

III.1. De la improcedencia de esta acción tutelar para hacer efectiva otra resolución de la misma naturaleza dictada por los Jueces o Tribunales de garantías

Al efecto, se tiene a bien citar el contenido del art. 17 del Código Procesal Constitucional (CPCo) que prevé: