SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1144/2023-S1
Fecha: 05-Oct-2023
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursa en expediente, se establece lo siguiente:
II.1. Por memorial de 15 de agosto de 2023 dirigido al ahora demandado Osvaldo Vinicius Castillo Rivero, Fiscal de Materia; el accionante Daniel Rodríguez Encinas, apersonó a sus abogados Noel Arturo Vaca López y Jhosselin Astrid Gutiérrez Luna para que asuman su defensa; y, solicitó su habilitación en sistema JL2 (fs. 26).
II.2. Consta escrito que según -timbre electrónico-, fue recepcionado el 18 de agosto de 2023 a horas 13:12 pm; por el cual, el impetrante de tutela solicitó a la autoridad Fiscal, emita requerimientos a la Médico Forense del IDIF para valoración de su estado salud; al Notario de Fe Pública de la localidad de Chimoré para la verificación de su domicilio real; y, a la DNNA para la valoración social de sus hijas menores de edad. Asimismo, reitero que se lo habilite en sistema JL2 (fs. 28 a 29).
II.3. Por memorial presentado el 18 de agosto de 2023 a horas 14:44 pm, el peticionante de tutela, solicitó al Juzgado de Instrucción Penal Décimo de la Capital del departamento de Santa Cruz, audiencia de cesación a la detención preventiva en el marco de lo previsto por el art. 239.1 del CPP. En su Otrosí, refirió:
“…apersoné a los abogados (…) a fin de que puedan asumir amplia defensa y también ante el Fiscal de Materia solicité habilitación del portal JL2, lo que no se ha efectuado a la fecha por lo que TENGO LA NECESIDAD DE RECABAR REQUERIMIENTOS MIS HIJAS SON HUÉRFANAS DE MADRE, DEBE AVERIGUARSE SU SITUACIÓN SOCIAL (…). Se halla vulnerado POR PARTE DEL MINISTERIO PUBLICO los derechos y garantías a la libertad, a la petición, a la publicidad y obtener como recabar información…” (sic [fs.27]).