SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0957/2023-S2
Fecha: 06-Oct-2023
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Cursa denuncia de 24 de enero de 2020, interpuesta por Nora Blanca Vargas Vda. de Ríos -tercera interesada- contra Lidia Claudia Coronel Blanco, Jueza y Rosemary Conde Murillo, exsecretaria, del Tribunal de Sentencia Penal Tercero de El Alto del departamento de La Paz -accionantes- y otras, ante el Encargado Departamental de ese departamento del Consejo de la Magistratura, por faltas disciplinarias graves y gravísimas, la misma que después de subsanada fue admitida por Patricia Goyzueta Morón, Jueza Disciplinaria Tercera de la Oficina Departamental de La Paz del Consejo de la Magistratura -codemandada-, mediante Auto de 10 de febrero de igual año, en relación a la primera por la presunta comisión de la falta establecida en el art. 187.2 y 14 de la LOJ; y, en cuanto a la segunda por lo previsto en el art. 187.10 de la misma norma (fs. 2 y vta.; y, 4 a 7 vta.).
II.2. Dentro del citado proceso disciplinario, a través de la Resolución 038/2020 de 31 de agosto, la citada codemandada declaró probada la referida denuncia en cuanto a Lidia Claudia Coronel Blanco, por incurrir en la falta disciplinaria contemplada en el art. 187.2 de la LOJ y, respecto a Rosemary Conde Murillo, por la establecida en el art. 187.10 del mismo texto legal, al existir suficiente prueba; imponiéndoles la sanción de suspensión de un mes de funciones sin goce de haberes; ante ello, las nombradas pidieron aclaración, complementación y enmienda, declarada no ha lugar mediante Auto de 30 de septiembre de igual año (fs. 22 a 28 bis).
II.3. Por memorial presentado el 19 de octubre de 2020, Lidia Claudia Coronel Blanco, interpuso recurso de apelación contra la indicada Resolución, solicitando que el superior en grado revoque la misma declarando improbada la denuncia; igual pedido realizó Rosemary Conde Murillo en idéntica data (fs. 37 a 39 vta.; y, 224 a 225 vta.).
II.4. A través de la Resolución SP-AP 205/2020 de 4 de diciembre, Gonzalo Alcón Aliaga y Omar Michel Durán, exconsejero y Consejero del Consejo de la Magistratura, determinaron rechazar los referidos recursos de apelación, por no cumplir con las exigencias establecidas en el art. 110.II del Acuerdo 020/2018; fallo del cual las nombradas pidieron aclaración complementación y enmienda, declarado no ha lugar mediante Auto de 22 de octubre de 2021, notificado el 3 de febrero de 2022 (fs. 29 a 35; fs. 40 a 42; y, 167 a 169).