SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1082/2023-S3
Fecha: 19-Oct-2023
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 9/2023 de 10 de abril, cursante de fs. 45 a 53, pronunciada por el Juez de Sentencia Penal Quinto de la Capital del departamento de Chuquisaca; y, en consecuencia:
1° CONCEDER la tutela solicitada, respecto al derecho al debido proceso en sus elementos de fundamentación y motivación, relacionado al derecho a la libertad física; a la dignidad y al interés superior del niño, niña y adolescente, en los mismos términos del Tribunal de garantías; y,
2° DENEGAR la tutela solicitada con relación a los derechos a la vida, a la salud, a la integridad personal y a la tutela judicial efectiva; así como respecto a Sandra Gladys Aldayus Avilés, Jueza Pública de Familia Segunda de la Capital; Vivian Eugenia Chungara Yucra, Directora Técnica; y, Dayana Siles Arias, Jefa Jurídica, ambas de Servicios Departamentales de Gestión Social (SEDEGES), todos del departamento de Chuquisaca; y, el “Director o Directora del Centro de Reintegración Social ‘Solidaridad’”.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. Dr. Petronilo Flores Condori