SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0126/2023
Fecha: 14-Nov-2023
II. CONCLUSIONES
De la revisión de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Por memorial de 10 de marzo de 2021, Zacarías Martín Flores Choque y Martín Janco Villarpando, presentaron denuncia penal contra Guillermo Janco Villarpando, Virgilia Mamani Mita y la menor de edad AA, por la presunta comisión del delito de asesinato en grado de tentativa, alegando que cuando Martín Janco Villarpando, el 9 de igual mes y año, a las 17:00 horas, estaba trasladando sus ovejas al corral, ubicado en la comunidad Pocoata-Esquena del municipio de Pocoata del departamento de Potosí, apareció Guillermo Janco Villarpando, tirando piedras a sus ovejas hiriendo a dos de ellas, impidiendo meterlas al corral, ya que ese lugar es un paso común que el nombrado tapó con espinas y cactus de tuna, luego se acercó la menor de edad AA, quien directamente empezó a golpearlo, dando puñetes y patadas, y que también Virgilia Mamani Mita procedió a jalonearlo, ya que siendo una persona de tercera edad no pudo defenderse; de igual forma, Guillermo Janco Villarpando lo agredió con una piedra en su brazo izquierdo, teniendo que escapar. Mientras que Zacarías Martín Flores Choque, de casualidad se encontraba en el lugar de los hechos, y que cuando iba a socorrer a Martín Janco Villarpando, fue que Guillermo Janco Villarpando corrió directamente hacia Zacarías Martín Flores Choque, así como Virgilia Mamani Mita y la menor de edad AA, donde Virgilia Mamani Mita le arrojó con una piedra en la frente que lo dejó aturdido, momento en el que los nombrados le dieron puñetes y patadas, incluso la menor de edad AA le mordió la mano izquierda, y le torcieron el brazo derecho, logrando escapar afortunadamente (fs. 1 a 2). Cursa el Informe de inicio de investigaciones presentado el 11 de dicho mes y año, emitido por Juan Ramón Jiménez Jiménez, Fiscal de Materia, a través del cual calificó los hechos como la presunta comisión del delito de lesiones graves y leves (fs. 6). Mediante decreto de 12 de ese mes y año, Alejandro Antonio Cairo, Juez Público Mixto de Familia, de la Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primero de Colquechaca del mencionado departamento, tuvo presente el citado Informe por el delito indicado, para fines de control jurisdiccional (fs. 7).
II.2. Mediante memorial de 29 de marzo de 2021, Martín Janco Villarpando interpuso querella criminal contra Guillermo Janco Villarpando, Virgilia Mamani Mita y la menor de edad AA, por la presunta comisión del delito de violencia familiar o doméstica, señalando la misma relación de los hechos de la primera denuncia (fs. 12 a 13 vta.). De igual forma, a través del memorial de 30 de igual mes y año, Juan Ramón Jiménez Jiménez, Fiscal de Materia, comunicó al Juez Público Mixto de Familia, de la Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primero de Colquechaca del departamento de Potosí, la presentación de dicha querella, excluyendo a la menor de edad AA por ser inimputable (fs. 17).
II.3. Consta memorial presentado el 7 de julio de 2021, ante el Juez Público Mixto de Familia, de la Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primero de Colquechaca del departamento de Potosí, por el cual, Juan Ramón Jiménez Jiménez, Fiscal de Materia, presentó imputación formal contra Guillermo Janco Villarpando y Virgilia Mamani Mita por la presunta comisión del delito de lesiones graves y leves en grado de autoría (fs. 40 a 41 vta.). Mediante memorial presentado el 11 de marzo de 2022, ante el citado Juez, Alberto Poveda Santos, Fiscal de Materia, presentó acusación fiscal contra Guillermo Janco Villarpando y Virgilia Mamani Mita, acusando por la presunta comisión del señalado delito (fs. 258 a 261 vta.).
II.4. Por memoriales presentados el 15 y 16 de septiembre de 2022, Guillermo Janco Villarpando y Virgilia Mamani Mita, respondieron en forma afirmativa a la solicitud de conflicto de competencias jurisdiccionales, debiendo declinarse la competencia ante las autoridades de la JIOC (fs. 379 a 380).
II.5. Mediante Auto Interlocutorio de 20 de septiembre de 2022, el Tribunal de Sentencia Penal Primero, Juzgado Público de la Niñez y Adolescencia, de Partido del Trabajo y Juzgado de Sentencia Penal de Uncía del departamento de Potosí, señaló audiencia de juicio oral, público y contradictorio para el 24 de octubre del citado año, a las 9:00 horas, en dependencias del referido Tribunal (fs. 419 vta.).
II.6. Por memorial presentado el 26 de septiembre de 2022, Martín Janco Villarpando, respondió a la solicitud de declinatoria de competencias planteada por la autoridad originaria de la comunidad Pocoata-Esquena del municipio de Pocoata del departamento de Potosí, solicitando al Tribunal de Sentencia Penal Primero, Juzgado Público de la Niñez y Adolescencia, de Partido del Trabajo y Juzgado de Sentencia Penal de Uncía del citado departamento, el rechazo de dicha pretensión (fs. 452 a 454).
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- El Tribunal Constitucional Plurinacional a través de la SCP 0764/2014 de 15 de abril, interpretando el ámbito de vigencia material de la JIOC, adoptó el siguiente entendimiento: “…todos los actos, hechos y conflictos que histórica y tradicionalmente