Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1102/2023-S3
Fecha: 21-Nov-2023
II. CONCLUSIÓN
De la revisión de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. No obstante a no contar con documentación en el cuaderno procesal, ésta Sala del Tribunal Constitucional Plurinacional emitirá su pronunciamiento considerando lo referido tanto por Liceth Mercedes Aliaga Gutiérrez -hoy accionante- (fs. 7 a 9 vta.); así como también lo manifestado por la Jueza de garantías y que consta en la Resolución 19/2022 de 29 de marzo objeto de revisión (fs. 10 a 12 vta.).