SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1004/2023-S4
Fecha: 15-Dic-2023
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece que:
II.1. Mediante Auto Interlocutorio 301/2021 de 8 de septiembre, el Tribunal de Sentencia Penal Tercero del departamento de Oruro, declaró infundada la solicitud de cesación a la detención preventiva, impetrada por René Orlando Flores Lázaro –ahora accionante–, manteniendo firme la detención preventiva; alegando que, no existían nuevos elementos que demuestren que ya no concurrían los motivos que fundaron la aplicación de dicha medida cautelar (fs. 56 vta. a 57 vta.).
II.2. A través del Auto de Vista 215/2021-SP1, de 23 de septiembre, la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, conformada por José Miguel Vásquez Castelo –hoy demandado–, declaró improcedente el recurso de apelación interpuesto por el hoy solicitante de tutela; y en consecuencia, confirmó el Auto Interlocutorio 301/2021 impugnado (fs. 59 a 61).
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Resolviendo el recurso de apelación, interpuesto por el ahora accionante, contra el Auto Interlocutorio 301/2021, el Vocal de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, por Auto de Vista 215/2021 de 23 de septiembre, deter